REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL. EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO ZULIA
EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL

Santa Bárbara de Zulia, veintisiete (27) de mayo de 2013.-
203° y 154º

Causa Penal N° C02-30.392-2013.-
Causa Fiscal N° 24-DDC-F21-MP-F21-1084-2013.

Decisión Nº 1.071 - 2013.

AUTO DE APERTURA A JUICIO

Corresponde a este Tribunal, de conformidad con el artículo 314 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 161 del Código eiusdem, y en relación con el artículo 157 Ibídem, dictar la presente decisión con motivo de la audiencia preliminar, celebrada en esta misma fecha.

ACUSADO: JOSE GONZALEZ MONTIEL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, nacido en fecha 08/08/1959, de 54 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.760.202, hijo de Ana Julia Montiel (d) y de José Félix González, de estado civil casado, de profesión u oficio obrero, domiciliado en el Sector Cuatro Creole, caserío que está a un kilómetro del colegio “El Picante”, parroquia La Sierrita, municipio Mara, estado Zulia.


DELITO: HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 (hoy 405) del Código Penal Venezolano.



VICTIMA: quien en vida respondía al nombre de MARITZA VILLALBA.



RELACION CLARA, PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS OBJETO DE DEBATE. CALIFICACION JURIDICA PROVISIONAL. EXPOSICION SUSCINTA DE LOS MOTIVOS EN QUE SE FUNDA.


Los hechos objetos de la acusación fiscal a probar en el juicio oral y público, refieren los hechos ocurridos el día dos (02) de enero de 1.987, cuando la ciudadana MARITZA VILLALBA, se encontraba visitando a sus cuatro hijos que convivían con su ex pareja sentimental el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, específicamente en la Finca denominada San Lucas, ubicada en el Sector El Cocal, vía San Antonio de Heras, Municipio Sucre del Estado Zulia, quedando a solas en la casa con el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, y la hermana adolescente de éste de nombre MARIA YSABEL GONZALEZ, de trece (13) años de edad.

Es el caso que, inconforme con que la ciudadana MARITZA VILLALBA, (occisa), no quería volver con él, el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, inició una discusión, pasando rápidamente a golpearla dentro de una de las habitaciones de la referida vivienda, la sacó obligada, y le decía que se saliera que él tenía que arreglar algo con ella, y la sacó y como ella había comido empezó a vomitar la comida, le decía que la soltara que él no era nada de ella, porque ya no vivían juntos y no quería tener nada con él, entonces la agarró por el cabello y la tiró al suelo, ella se levantó y se agarró con el palo de la casa y el la apretó con el palo, le doblo las manos para soltarla, ella se puso a llorar, pidiendo a la adolescente que la ayudara, siendo advertida por el ciudadano que no la ayudara que ese no era problema de ella, ni de nadie, llevándosela a la fuerza para la parte posterior de la finca donde abunda la vegetación, siendo esa la última vez en la que se vio a la ciudadana MARITZA VILLALBA, con vida, y se quedaron por allá.

Como a las tres horas y treinta minutos de la mañana (03:30 a.m.), la adolescente escuchó un grito de dolor como si algo le hubiera ocurrido a la ciudadana MARITZA VILLALBA, era el grito de dolor ocasionado a la misma al instante de ser asesinada. Posteriormente, regresa a la casa de la finca el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTEL, intentando ocultar lo sucedido indicándole a su familia que guardaran en un maletín, tanto su ropa como la de la ciudadana MARITZA VILLALBA, debido a que se iban de viaje y no volverían en un lapso de un año, dejándolo asentado en un papel que después encontrara su progenitora la ciudadana ANA JULIA MONTIEL, evento este que los hizo sospechar, por cuanto ya la occisa MARITZA VILLALBA, mantenía una nueva relación en la ciudad de Caracas y tenía la determinación de no volver nunca con su ex pareja sentimental y padre de sus hijos, el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, lo que los hizo investigar y dar con el paradero tanto de José como de Maritza, iniciando por el fondo de la finca, donde encontraron las huellas y un montón de arena removida con una rama en flor encima.

En razón de ello, el ciudadano JOSE FELIX GONZALEZ, salió a dar parte al Cuerpo Técnico Judicial, Seccional Caja Seca, en la actualidad Cuerpo de Investigaciones, Científicas Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, haciéndose presentes el detective ALVARO RAMON SUAREZ, adscrito al organismo de policía científica antes mencionado, en compañía del Dactiloscopista ENELIO TORRES, y del ciudadano JOSE FELIX GONZALEZ, hasta el lugar de los hechos, una vez presentes en el sitio, el ciudadano antes referido, los condujo hasta el lugar donde presumiblemente estuviera una persona sepultada, pudiendo observar el montón de tierra removida, por lo que le indicaron al ciudadano JOSE FELIX GONZALEZ, y a su hijo LUIS FELIX GONZALEZ, que ayudaran a excavar de nuevo, pudiendo más tarde observar el cadáver de una persona del sexo femenino, en posición decúbito, cubierto con varias prendas de vestir y al lado una cartera, conteniendo varios útiles personales y un par de zapatos, presumiblemente de la occisa. Acto seguido, procedieron a sacar el cadáver, manifestando el ciudadano JOSE FELIX GONZALEZ, que ella era su yerna MARITZA VILLALBA, indicando igualmente que la misma era de nacionalidad colombiana, de aproximadamente 30 años de edad, soltera y que desconocía otros datos filiatorios, ya que nunca portaba documentos personales, la occisa presentaba las siguientes características fisonómicas: piel blanca, de contextura fuerte, de aproximadamente 1,70 de estatura, practicada esta diligencia el cadáver fue trasladado hasta la morgue del hospital de Caja Seca, al ser revisado detalladamente y en presencia de la doctora Ana Antúnez, esta manifestó que presentaba fractura craneana y fractura de columna cervical, asimismo, observaron una herida en la región esternal, producida por arma blanca, presumiblemente cuchillo.

Es el caso, que días antes la adolescente YSABEL GONZALEZ, observó cuando su hermano JOSE GONZALEZ MONTIEL, amolaba un cuchillo pequeño marca Stanlee Steel, siendo el mismo con el que se le quitara la vida a la hoy occisa, por los alrededores y adyacencias del lugar, procediendo a buscar al ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, no localizando rastros del mismo, el cual después de haber cometido el delito se dio a la fuga. Pues bien; del acta de Necropsia de Ley, de fecha cinco (05) de enero de 1.987, N° 06-87, suscrita por el doctor GUSTAVO DILSON G, Anatomopatologo, adscrito al servicio Medico Forense Instituto de Patología, (sección forense), una vez realizado el reconocimiento legal al cuerpo de quien en vida respondía al nombre de MARITZA VILLALBA, en fecha seis (06) de enero de 1.987, se evidencia que se trata del cadáver de un adulto de sexo femenino, aparentemente de raza mestiza, en avanzado estado de descomposición, caracterizado por putrefacción notable, maceración, enfisema cutáneo y presencia de larvas en cuero cabelludo. Presenta además excoriaciones apergaminadas, situadas en el mentón y en la cara anterior de la pierna derecha. Presenta una herida punzo cortante, de dirección transversal, de 4 ctms de longitud, situada en el lado interno del triángulo derecho, herida esta que sigue un trayecto de adelante atrás, de arriba abajo y de izquierda a derecha, penetrando en el hueco supraclavicular derecho, donde produce un gran hematoma en el tejido celulo ganglionar del mismo, seccionando la porción Terminal de la vena yugular externa derecha y la arteria sub – clavia, derecha. Abierto el tórax se encuentra el espacio pleural derecho repleto de sangre y coágulos sanguíneos (hemorragia interna). El corazón y los pulmones se encuentran en putrefacción. Abierto el abdomen se observa todas las vísceras en estado de putrefacción avanzada. La vagina es amplia sin contenido, el útero se encuentra sin contenido. Conclusión y causa de muerte: los hallazgos de la autopsia indican que esta ciudadana falleció debido a hemorragia interna, a la sección vascular producida por la herida por arma blanca.

Es hasta el catorce (14) de febrero del 2013, que los efectivos S/M 1 ERA SALAZAR GONZALEZ RICHARD, SM/2DA. ROJAS PEÑA MIGUEL y SM/3RA SANTANA VICK LOGAN, pertenecientes a la Primera Escuadra, Primer Pelotón, de la Primera Compañía del Destacamento de Fronteras N° 31, del Comando Regional N° 03, de la Guardia Nacional Bolivariana, siendo aproximadamente las nueve horas y veinticinco minutos de la mañana (09:25 a.m.), hallándose de servicio en el punto de control del peaje San Rafael del Municipio Mara, Estado Zulia, dando cumplimiento al operativo “A toda Venezuela”, observaron un vehículo de transporte público de la Línea Cuatro Bocas – Maracaibo, que se desplazaba en el sentido Nueva Lucha- Maracaibo, donde le indicaron al ciudadano conductor que se estacionara al lado derecho de la vía, para realizarle una inspección al vehículo y a las personas que lo ocupan. Una vez estacionado procedieron a informar a todos los caballeros que se desplazaban en dicha unidad que desabordara de la misma para realizarle una inspección, procediendo a solicitarle su documentación personal (cédula de identidad), para verificarlo ante el Sistema de Información Policial (SIPOL FALCON), y constatar su estatus a nivel nacional; al ser solicitada la información por el SM/2DA. ROJAS PEÑA MIGUEL, sobre la cédula a nombre del ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, titular de la cédula de identidad No. V- 7.760.202, el Centralista de servicio el S/1 GIL DARWIN, manifestó que la referida cédula de identidad le pertenece al mencionado ciudadano y el mismo se encuentra solicitado según expediente N° 1C-731-01, de fecha 01/07/2011, por el delito no indica, logrando la detención del imputado JOSE GONZALEZ MONTIEL.

Los hechos narrados en aparte anterior, se subsumen provisionalmente en el tipo legal de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 (hoy 405) del Código Penal Venezolano, el cual tiene su fundamento en el cúmulo de medios y órganos de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público en su escrito y que fueron aceptados en el acto de audiencia oral, celebrada en este día, esto es, veintisiete (27) de mayo de 2013, de los que emergen adecuados indicios de culpabilidad para estimar que el ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL, es responsable en grado de autor en la perpetración de los hechos a discutir en el juicio oral y público, en la forma como han quedado individualizado.


PRUEBAS ADMITIDAS.
Promovidas por el Ministerio Público
De las Pruebas testimoniales de los Funcionarios Expertos:

PRIMERO: declaración del funcionario Dr. GUSTAVO DICKSON G., Anatomopatologo, adscrito al Servicio Médico Forense Instituto de Patología (Sección Forense), responsable de practicar necropsia de Ley signada con el Nº 06-87, de fecha cinco (05) de enero de 1987, al cadáver de la persona quien en vida respondiera al nombre de MARITZA VILLALBA. SEGUNDO: testimonio de los funcionarios ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, pertenecientes a la extinta Brigada Criminalística del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, encargados de realizar Dictamen Pericial contentivo de la Experticia de Reconocimiento N° 9700-186-BC-10, de fecha quince (15) de Enero de 1987. TERCERO: deposición de los funcionarios ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, pertenecientes a la extinta Brigada Criminalística del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, los cuales llevaron a cabo el Dictamen Pericial continente de la Experticia de Reconocimiento marcada con la nomenclatura 9700-186-BC-11, de fecha quince (15) de Enero de 1987. CUARTO: testifical de los funcionarios ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, asignados a la extinta Brigada Criminalística del Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, quienes realizaron Dictamen Pericial contentivo de la Experticia de Reconocimiento N° 9700-186-BC-13, de fecha diecisiete (17) de Enero del año 1987.


Declaración de los Funcionarios Aprehensores e Investigadores:


PRIMERO: testifical del Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ, Dactiloscopista ENELIO TORRES, Inspectores HECTOR DANIEL VERA ESCOLA, JESÚS MARÍA PACHECO QUINTERO y el ciudadano MAXIMIANO CONTRERAS, funcionarios al servicio al extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, los cuales suscribieron Actas de Investigaciones de fechas dos (02) de enero de 1987, cinco (05) de enero de 1987, ocho (08) de enero de 1987, veintiuno (21) de enero de 1987 y diez (10) de febrero de 1987. SEGUNDO: declaración de los funcionarios Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ y Dactiloscopista ENELIO TORRES VASQUEZ, ambos del extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, responsables de firmar Acta de Inspección Técnica del Sitio, de fecha dos (02) de enero del año 1987. TERCERO: deposición de los efectivos S/M 1ERA. SALAZAR GONZÁLEZ RICHARD, SM/2DA. ROJAS PEÑA MIGUEL y SM/3RA. SANTANA VICK LOGAN, pertenecientes a la Primera Escuadra, Primer Pelotón, Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 31, Comando Regional Nº 3 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, quienes refrendan el Acta de Investigación Penal, de fecha catorce (14) de febrero de 2013.


Declaración de la Victima y demás Testigos:


PRIMERO: testifical de la adolescente (para la fecha del hecho) MARÍA ISABEL GONZÁLEZ MONTIEL, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo del estado Zulia, de estado civil soltera, hija de Ana Julia Montiel y de José Félix González, residenciada en la Finca San Lucas, sector El Cocal, vía San Antonio de Heras, Municipio Sucre del estado Zulia, testigo del hecho investigado. SEGUNDO: testimonio del ciudadano JOSÉ FÉLIX GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, , nacido en fecha 18/05/1929, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la Finca San Lucas, sector El Cocal, vía San Antonio de Heras, Municipio Sucre del estado Zulia, testigo del hecho investigado. TERCERO: testimonial del ciudadano LUÍS FÉLIX GONZÁLEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, estado Zulia, titular de la cédula de identidad V-11.218.139, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en la Finca San Lucas, sector El Cocal, vía San Antonio de Heras, Municipio Sucre del estado Zulia, testigo del hecho investigado. CUARTO: declaración de la ciudadana ANA JULIA MONTIEL, de nacionalidad venezolana, natural de Paraguaipoa, Municipio Páez del estado Zulia, titular de la cédula de identidad V-1.678.501, de estado civil soltera, de profesión u oficio del Hogar, residenciada en la Finca San Lucas, sector El Cocal, vía San Antonio de Heras, Municipio Sucre del estado Zulia, testigo del hecho. QUINTO: deposición de la ciudadana ESTHER MARÍA OLIVEROS BRAVO, de nacionalidad colombiana, natural de Santa Ana, Departamento Magdalena, República de Colombia, de estado civil soltera, de profesión u oficio del Hogar, portadora de la cédula de identidad Personal E-993.000, residenciada en el barrio La Inmaculada, al frente del Liceo, vía Santa María, Tucanizón del estado Mérida, por ser víctima del hecho investigado.


PRUEBAS DOCUMENTALES, PERICIALES y DE INFORMES:


PRIMERO: Acta Policial, de fecha dos (02) de enero de 1987, debidamente firmada por el Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ, funcionario adscrito al otrora Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. SEGUNDO: Acta Policial, de fecha dos (02) de enero de 1987, debidamente suscrita por el funcionario ALVARO RAMÓN SUAREZ, Detective asignado al entonces Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. TERCERO: Planilla de Remisión, de fecha dos (02) de enero de 1987, signado con el No. 02, Expediente 420S0-1987-C-106.087. CUARTO: Acta de Inspección Ocular Nº 337, de fecha dos (02) de enero de 1.987, refrendada por los funcionarios Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ y Dactiloscopista ENELIO TORRES VASQUEZ, ambos al servicio del extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. QUINTO: Fijación fotográfica Nº 01, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra el potrero en forma general, las siembras de plátanos y maíz, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. SEXTO: Fijación Fotográfica Nº 02, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra parte del trillado de vegetales y arbustos que dan acceso al centro del bosque, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. SEPTIMO: Fijación Fotográfica Nº 03, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra parte de las ramas y vegetales que se encuentran sobre la tierra removida en forma de tumba, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. OCTAVO: Fijación Fotográfica Nº 03, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra parte de las ramas y vegetales que se hallan sobre la tierra removida en forma de tumba, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. NOVENO: Fijación Fotográfica Nº 04, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra la excavación que sirve de tumba a la occisa, así como las ramas que están en los contornos, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. DÉCIMO: Fijación Fotográfica Nº 05, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra la excavación que sirve de tumba a la occisa, igualmente se aprecia la longitud de largo, ancho y profundo de la misma, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. DÉCIMO PRIMERO: Fijación Fotográfica Nº 06, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra el cadáver luego de ser sacado de la fosa en que se hallaba, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. DÉCIMO SEGUNDO: Fijación Fotográfica Nº 07, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra las características fisonómicas de la occisa, así como la herida que presenta en la región esternal, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. DÉCIMO TERCERO: Fijación Fotográfica Nº 08, de fecha dos (02) de enero de 1987, que muestra las características fisonómicas de la occisa, así como la flecha indica la posición de la herida que presenta la misma, en el sector El Cocal, Finca San Lucas, vía San Antonio de Heras del estado Zulia. DÉCIMO CUARTO: Acta Policial, de fecha dos (02) de enero de 1987, firmada por el funcionario Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ y Dactiloscopista ENELIO TORRES, del otrora Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca, en la que dejan constancia del levantamiento de cadáver en un terreno expuesto a la intemperie, perteneciente a la parcela (Finca) San Lucas, ubicada en el sector El Cocal, vía del sector San Antonio de Heras, Municipio Sucre del estado Zulia. DÉCIMO QUINTO: Acta Policial, de fecha cinco (05) de enero de 1987, suscrita por el funcionario Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ, adscrito al extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. DÉCIMO SEXTO: Acta Policial, de fecha cinco (05) de enero de 1987, refrendada por el funcionario ALVARO RAMÓN SUAREZ, Detective del extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. DÉCIMO SÉPTIMO: Acta Policial, de fecha cinco (05) de enero de 1987, rubricada por el funcionario Detective ALVARO RAMÓN SUAREZ, perteneciente al extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. DÉCIMO OCTAVO: Acta Policial, de fecha ocho (08) de enero de 1987, suscrita por el funcionario Inspector HECTOR DANIEL VERA ESCOLA, adscrito al extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. DÉCIMO NOVENO: Resultado del Dictamen Pericial contentivo de la Necropsia de Ley, de fecha cinco (05) de enero de 1987, mediante el oficio Nº 06-87, de fecha seis (06) de enero del año 1987, suscrito por el Dr. GUSTAVO DICKSON G., Anatomopatologo, del Servicio Médico Forense Instituto de Patología (Sección Forense), realizada al cuerpo sin vida de quien respondía al nombre de MARITZA VILLALBA. VIGÉSIMO: Resultado del Dictamen Pericial continente de la Experticia de Reconocimiento signada con el N° 9700-186-BC-10, de fecha quince (15) de enero del año 1987, firmada por los funcionarios ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, adscritos a la Brigada Criminalística del otrora Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. VIGÉSIMO PRIMERO: Resultado del Dictamen Pericial continente de la Experticia de Reconocimiento marcado con el N° 9700-186-BC-11, de fecha quince (15) de enero de 1987, debidamente refrendada por los funcionarios ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, asignados a la Brigada Criminalística del entonces Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. VIGÉSIMO SEGUNDO: Resultado del Dictamen Pericial de la Experticia de Reconocimiento signado con la nomenclatura 9700-186-BC-13, de fecha diecisiete (17) de enero de 1987, debidamente rubricada por los ciudadanos ALVARO RAMÓN SUAREZ y ENELIO TORRES VASQUEZ, Expertos Reconocedores, perteneciente a la Brigada Criminalística del extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. VIGÉSIMO TERCERO: Acta Policial, de fecha veintiuno (21) de enero de 1987, suscrita por el funcionario Inspector HECTOR DANIEL VERA ESCOLA, del extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. VIGÉSIMO CUARTO: Acta Policial, de fecha diez (10) de febrero de 1987, debidamente refrendada por el funcionario Detective FAURICIANO CADENAS, adscrito al entonces Cuerpo Técnico de Policía Judicial Seccional de Caja Seca, hoy Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Subdelegación Caja Seca. VIGÉSIMO QUINTO: Acta Policial, de fecha catorce (14) de febrero del 2013, firmada por los efectivos S/M 1ERA. SALAZAR GONZÁLEZ RICHARD, SM/2DA. ROJAS PEÑA MIGUEL y SM/3RA. SANTANA VICK LOGAN, pertenecientes a la Primera Escuadra, Primer Pelotón, Primera Compañía del Destacamento de Fronteras Nº 31, Comando Regional Nº 3 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela.

Todas a objeto que sean incorporadas por su lectura al juicio oral y público, de conformidad con los artículos 182, 322 y 341 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.
Por su parte, la defensa técnica no ofreció prueba alguna a favor de su representado.


En vista que fue admitida totalmente la acusación formulada por los abogados JOSE ANGEL CAMACHO REYES, IRAIDA EUNICE RIVERA ESCOBAR y ARMANDO JOSE ALMARZA GRANADILLO, en su carácter de Fiscales Principal y Auxiliares Vigésimos Primeros del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; respectivamente, y ratificada en forma oral en el acto de audiencia preliminar por el abogado EDUARDO JOSE MAVAREZ GARCIA, en su condición de Fiscal (A) Decimosexto, en contra del encausado JOSE GONZALEZ MONTIEL, plenamente identificado en actas, por la presunta comisión del delito de de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 (hoy 405) del Código Penal Venezolano, en agravio de quien en vida respondía al nombre de MARITZA VILLALBA, así también los medios y órganos de pruebas ofrecidos por la representación fiscal, por ser lícitos, legales, pertinentes y necesarios para ser debatidos en juicio oral y público, y determinar en definitiva la responsabilidad penal del prenombrado encartado, como el establecimiento de los hechos, se ordena la Apertura al Juicio Oral y Público del tantas veces mencionado ciudadano JOSE GONZALEZ MONTIEL. Se emplaza a las partes, para que en un plazo común de cinco (05) días, concurran ante el juez de juicio respectivo. Se instruye a la Secretaria para que remita las actuaciones que conforman el expediente al Tribunal de Juicio de este mismo Circuito Judicial Penal y Extensión, a los fines legales consiguientes, una vez transcurrido el término legal establecido ante un eventual recurso de apelación. Regístrese. Déjese copia auténtica en archivo y publíquese la presente decisión. Cúmplase.

La Juez Segunda de Control,



Abg. GLENDA MORAN RANGEL
La Secretaria,


Abg. WENDY MARINA HERNANDEZ CARLY


En la misma fecha y conforme a lo ordenado, se cumple con lo acordado, se asentó la presente decisión bajo el N° 1.071 - 2013, en el libro respectivo, dejándose copia auténtica en archivo.

La Secretaria,


Abg. WENDY MARINA HERNANDEZ CARLY.