Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:

PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada, y en consecuencia, REVOCA la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 30 de noviembre de 2005.

SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de cobro de bolívares, vía intimación, que intentara la ciudadana Maritza Romero, en contra del ciudadano Ramón González, ya identificados en autos, en virtud de los argumentos vertidos en la motivación del presente acto jurisdiccional.

TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante, por haber resultado totalmente vencida en esta instancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.