REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 21 de mayo de 2013
202° y 154°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por la ciudadana YELISETT MAIROBYS BARBOZA PALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.903.102, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos YELISETT MAYRUTH BARBOZA PALENCIA, MARCOS LUIS BARBOZA PALENCIA, ESMIL EKMEIRO BARBOZA PALENCIA, ELVIS XAVIER RODRÍGUEZ PALENCIA y ALEXIS MARTIN RODRÍGUEZ PALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.903.103, 12.470.067, 13.903.104, 17.833.337 y 15.201.528, respectivamente, debidamente asistida por la profesional del derecho, ciudadana YAMILET FERRER, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el Nº 121.014. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien solicita la ciudadana YELISETT MAIROBYS BARBOZA PALENCIA, asistida por la profesional del derecho, ciudadana YAMILET FERRER, antes identificadas, que le sean declarados los derechos que tienen en común ella y los ciudadanos YELISETT MAYRUTH BARBOZA PALENCIA, MARCOS LUIS BARBOZA PALENCIA, ESMIL EKMEIRO BARBOZA PALENCIA, ELVIS XAVIER RODRÍGUEZ PALENCIA y ALEXIS MARTIN RODRÍGUEZ PALENCIA, antes identificados, como únicos y universales herederos de su causante MARÍA LUISA PALENCIA VELEZ, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 5.823.299, quién falleció en fecha 25 de diciembre de 2012, en jurisdicción de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. La solicitante acompaña junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción de la causante MARÍA LUISA PALENCIA VELEZ, signada con el No. 1558, Libro 07, año 2012, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 05 de abril de 2013; 2) Copia certificada del acta de defunción del premuerto JAIRO ANTONIO BARBOZA PEREZ, signada con el No. 123, año 2011, expedida por la Oficina de Registro Civil y Electoral del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, en el año 2013; 3) Copia certificada mecanografiada de la partida de nacimiento de la ciudadana YELISETT MAIROBYS BARBOZA PALENCIA, signada con el N° 219, folio 110, año 1977, expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 20 de mayo de 2008; 4) Copia Certificada Mecanografiada de la partida de nacimiento de la ciudadana YELISETT MAYRUTH BARBOZA PALENCIA, signada con el No. 220, folio 110 vto, año 1977, expedida por el Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Carrizal, en fecha 20 de mayo de 2008; 5) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano MARCOS LUIS BARBOZA PALENCIA, signada con el N° 5016, Libro 1-13, año 1975, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el mes de mayo de 2013; 6) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano ESMIL EKMEIRO BARBOZA PALENCIA, signada con el N° 3113, Libro 2-8, año 1974, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en el mes de mayo de 2013; 7) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano ELVIS XAVIER RODRÍGUEZ PALENCIA, signada con el N° 1979, Libro 1-6, año 1987, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 14 de mayo de 2013; 8) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano ALEXIS MARTÍN RODRÍGUEZ PALENCIA, signada con el N° 1080, Libro 2-5, año 1982, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 19 de mayo de 2013; 9) Justificativo de testigos evacuado ante la Notaría Pública Séptima de Maracaibo del Estado Zulia; 10) copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos YELISETT MAIROBYS BARBOZA PALENCIA, YELISETT MAYRUTH BARBOZA PALENCIA, MARCOS LUIS BARBOZA PALENCIA, ESMIL EKMEIRO BARBOZA PALENCIA, ELVIS XAVIER RODRÍGUEZ PALENCIA y ALEXIS MARTÍN RODRÍGUEZ PALENCIA y de los causantes JAIRO ANTONIO BARBOZA PEREZ y MARÍA LUISA PALENCIA VELEZ. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos de la causante MARÍA LUISA PALENCIA VELEZ, a los ciudadanos YELISETT MAIROBYS BARBOZA PALENCIA, YELISETT MAYRUTH BARBOZA PALENCIA, MARCOS LUIS BARBOZA PALENCIA, ESMIL EKMEIRO BARBOZA PALENCIA, ELVIS XAVIER RODRÍGUEZ PALENCIA y ALEXIS MARTÍN RODRÍGUEZ PALENCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 13.903.102, 13.903.103, 12.470.067 13.903.104, 17.833.337 y 15.201.528, respectivamente. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría las dos (2) copias certificadas solicitadas. Expídase
LA JUEZ TITULAR

XIOMARA REYES LA SECRETARIA TITULAR

MARIELIS ESCANDELA
XR/isa.