En la misma fecha de hoy, catorce de mayo de dos mil trece, siendo las diez y cincuenta minutos de la mañana, previo el traslado hecho en la hora acordada, oportunidad fijada para llevar a efecto la verificación del USO CONFORME PARA EJECUTAR ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN FABRICACIÓN y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ACUÁTICOS Y DEMÁS ESPECIES MARINAS Y LACUSTRES, ordenado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el Recurso Contencioso de Nulidad, seguido por la sociedad mercantil PROCESADORA MARINA EL PUERTO C.A. (como parte Recurrente), en contra de la Alcaldía del Municipio la Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, (como parte Recurrida), se constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas, a indicación y en compañía de la parte Recurrente, ya identificada, en la persona de su Apoderado Judicial ERNESTO ENRIQUE RINCÓN TORREALBA, quien está inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 29.021, en un inmueble donde funciona la sede de la Alcaldía del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, ubicada Av. Dr. Olegario Hernández, sector El Topito, diagonal al Hospital I Concepción, del municipio La Cañada de Urdaneta del estado Zulia. Una vez constituido el Tribunal procedió a notificar del objeto de su traslado y constitución a la ciudadana VIVIANA HUERTA, titular de la cédula de identidad N° V-11.393.741, en su carácter de Sindico Procuradora del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia. De conformidad con lo señalado en el despacho de comisión, el Tribunal procede a VERIFICAR EL OTORGAMIENTO. A LA SOCIEDAD MERCANTIL PROCESADORA MARINA EL PUERTO C.A., DEL USO CONFORME PARA EJECUTAR ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN FABRICACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ACUÁTICOS Y DEMÁS ESPECIES MARINAS Y LACUSTRES. En este estado presente la notificada, ya identificada, expuso: “En relación de la presente causa esta Alcaldía acata la orden emanada del Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y en tal sentido se expide el correspondiente USO CONFORME PARA EJECUTAR ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN FABRICACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ACUÁTICOS Y DEMÁS ESPECIES MARINAS Y LACUSTRES, así como la ZONIFICACIÓN solicitada, a través de la Oficina Municipal de Planificación Urbana (OMPU). Es todo”. En este estado presente el ciudadano LEWIS RIVERO, titula de la cédula de identidad N° V-12.098.741, Arquitecto, en su condición de Director de Planificación Urbana, expuso: “Otorgo el USO CONFORME PARA EJECUTAR ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN FABRICACIÓN Y EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS ACUÁTICOS Y DEMÁS ESPECIES MARINAS Y LACUSTRES Y LA ZONIFICACIÓN, para dar cumplimiento con la sentencia emanada del Tribunal de la Causa, pero hago la salvedad de que la empresa aun debe cumplir con la consignación del visto bueno del Consejo Comunal del ámbito geográfico donde se encuentra la sede de la procesadora. Es todo”. En este estado presente el Apoderado Judicial de la parte demandante, ya identificado, expuso: “Recibo de la Dirección de Planificación Urbana, la constancia de Uso Conforme a que hace referencia el dispositivo de la sentencia proferida por el Tribunal de la Causa, asimismo, recibo la constancia de Zonificación expedida por dicha oficina, e igualmente en nombre de mí representada me comprometo a consignar dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes al de hoy el visto bueno del Consejo Comunal correspondiente al ámbito geográfico donde se encuentra la sede física de mí representada. Es todo”.- Cumplida como ha sido la comisión conferida y por no haber mas diligencias que practicar se ordena la remisión de las presentes actuaciones originales con sus resultas al Juzgado de la Causa y a la mayor brevedad posible.- Certifíquese copias de las presentes actuaciones para ser archivadas en este Tribunal Ejecutor de Medidas. Siendo las doce y diez minutos de la tarde, se dio por terminado el acto. Terminó, se leyó y conformes firman.-
El Juez,

Abog. Jorge Alberto Romero Méndez

El Apoderado Judicial de la Parte Recurrente,



La Sindica Procuradora del Municipio - Notificada,

El Director de OMPU,

La Secretaria,

Abog. Nelitza Márquez Rueda