En horas de despacho del día de hoy, VIERNES DIEZ (10) de mayo de 2013, siendo las Tres y veinte de la tarde (03:20 p.m.), fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5531-13 conferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, relacionada con el Juicio que por ALIMENTOS sigue ANA TERESA CHIRINOS AÑEZ, titular de la cédula de identidad No. V-11.892.609 contra BORIS ANTONIO LABRADOR NAVA, titular de la cédula de identidad No. V-10.600.333, donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de la Empresa PDVSA, Edificio Miranda, se procedió a notificar a JESUS QUINTERO, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.557.984 con el carácter de ANALISTA y a quién se impuso de la medida de embargo decretada en contra del ciudadano BORIS ANTONIO LABRADOR NAVA, como Trabajador de esa empresa y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el ciudadano BORIS ANTONIO LABRADOR NAVA, parte demandada es empleado al servicio de PDVSA.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de PDVSA.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE: A) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo o salario integral que le pueda corresponder al demandado, ciudadano BORIS ANTONIO LABRADOR NAVA, como trabajador de la Empresa P.D.V.S.A; B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) del Bono Vacacional y Utilidades del presente año 2013, que le pueda corresponder al demandado, ciudadano BORIS ANTONIO LABRADOR NAVA, como trabajador de la Empresa P.D.V.S.A.- Y ASÍ SE CONFIRMA.- Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener establecida en el literal “A” deberá ser entregadas mensualmente y directamente a la ciudadana ANA TERESA CHIRINOS AÑEZ, antes identificada, y las retenidas en el literal “B” deberán ser remitida en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, expediente No. 37.096.- Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL NOTIFICADO

LA SECRETARIA Acc.
5531-13
Gil/asm*.-