ASUNTO: KP02-J-2012-002815

Partes: LOHERYN TERESA HERNÁNDEZ UGA y JORGE ANTONIO D ANGELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-12.850.990 y V-11.879.510, respectivamente.
Asistidos por: FISCAL 15º DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO LARA.
Beneficiario: (Identificación omitida de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Adolescente) de 03 años y 04 meses de edad.
Visto el acuerdo extrajudicial presentado ante este Tribunal en fecha 22 de mayo de 2013, por los ciudadanos: LOHERYN TERESA HERNÁNDEZ UGA y JORGE ANTONIO D ANGELO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-12.850.990 y V-11.879.510, respectivamente, asistidos por la Fiscal 15º del Ministerio Publico del estado Lara.
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, el cual consiste en lo siguiente:
ÚNICO: El padre suministrara la cantidad de Mil Bolívares (1.000Bs.) mensuales a razón de Quinientos Bolívares (500,oo Bs.) quincenales los días quince y ultimo de cada mes, entregados directamente a la madre en efectivo quien firmara un recibo. Igualmente suministrara el 50% de los gastos de pañales, higiene personal, ropa, calzado, médicos, medicinas, vacunas, vitaminas, gastos navideños, uniformes y útiles escolares recreación, cultura, deporte y el resto de los gastos que se generen. El monto se aumentara automáticamente cuando el padre tenga mayores ingresos fijos.
Por encontrarse el acuerdo trascrito conforme a la Ley y no vulnerar derechos del beneficiario. Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los veinticuatro (24) días del mes de mayo de 2013. Años: 202º y 154º
LA JUEZ PRIMERA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,


Abg. ISABEL BARRERA TORRES.
El Secretario,
Abg. Carlos Bullones.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1420-2.013 y se publicó siendo las 9:19 a.m.

El Secretario,
Abg. Carlos Bullones.

KP02-J-2012-002815
24/05/13
2/2
VBT/CB/Rene