REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, siete de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: OP02-J-2012-001553
ENTREVISTA

En el día de hoy, siete de mayo de dos mil trece, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), oportunidad para que tenga lugar la entrevista fijada en el presente asunto con ocasión al Régimen de Convivencia Familiar suscrito por los ciudadanos Marivy Angélica Calderin y José David Rosas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 19.115.716 y 19.682.007 respectivamente, en beneficio de su hijo, (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), se deja constancia que comparecieron al acto el ciudadano José David Rosas y la ciudadana Marivy Angélica Calderin; ambas partes manifiestan que quieren que se modifique nuevamente el siguiente Régimen de Convivencia Familiar de manera provisional y junto con la Jueza se ha llegado a un nuevo acuerdo que queda establecido de la siguiente manera: hoy el padre buscará al niño de 5:30p.m. hasta las 7:30p.m.; cuando el padre se quede con el bebé así quedará para las semanas, los martes y cuando no pase el fin de semana con el bebé lo tendrá los martes y viernes en ese horario; el tercer fin de semana del mes pasará la noche con el padre por dos meses y a partir de agosto le tocará al padre, dos noches al mes, es decir, dos fines de semana; el 24/12/2013 lo pasará con el padre y el 31/12/2013 lo pasará con la madre; el día del cumpleaños del padre, lo buscará por la tarde en el mismo horario; el día del niño de 9:00 a.m. a 12:00 m.; para todos los asuntos relacionados únicamente con el bebé el padre enviará mensajeria de texto a la madre y viceversa a sus teléfonos celulares; ambos padres se comprometen a seguir un cuaderno de enlace para asuntos del bebé; este Régimen se revisará nuevamente el 9/1/2014 a las 11:00 a.m. En este estado, visto el acuerdo temporal al que han llegado las partes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que indica como principio fundamental el Interés Superior del Niño, así como el contenido de la Convención de los Derechos del Niño y el artículo 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA el acuerdo provisional suscrito por los ciudadanos Marivy Angélica Calderin y José David Rosas considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza

Fanny Luz Márquez
El ciudadano
José David Rosas
La ciudadana
Marivy Angélica Calderin

La Secretaria,

Joana Rodríguez.