REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, quince de mayo de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: OP02-V-2013-000140
INICIO DE MEDIACIÓN
En el día de hoy, quince de mayo de dos mil trece, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad para que tenga lugar la AUDIENCIA INICIAL DE MEDIACIÓN fijada en el presente asunto con ocasión a la Obligación de Manutención presentada por la ciudadana Yusnelly Del Carmen Villalobos Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.440.726, debidamente asistida por la abogada Alexandra Rivas Olivero, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 149.242, en beneficio de la niña (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) contra el ciudadano Miguel Ángel Rosas Tillero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.854.156, se constituye este Juzgado a los fines que tenga lugar la indicada audiencia. Se anunció el acto por el Alguacil adscrito a este Circuito; se deja constancia que ninguna de las partes compareció al acto ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que se declaró DESIERTO. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declara Desistido el procedimiento y extinguida la instancia. Por todos los razonamientos expuestos es por lo que esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana Yusnelly Del Carmen Villalobos Silva, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.440.726, debidamente asistida por la abogada Alexandra Rivas Olivero, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 149.242, en beneficio de la niña (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA) contra el ciudadano Miguel Ángel Rosas Tillero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.854.156 y da por TERMINADO según lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
Fanny Luz Márquez M.
La Secretaria,
Joana Rodríguez López
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