ACTA DE MEDIACIÓN
Prolongación Nro. 1


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-000557
PARTE ACTORA: MAHOLY ACEVEDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ NOROÑO Y JESÚS SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: MINIMAL DISEÑOS & ESPACIOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ NOROÑO Y JESÚS SANCHEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,13 de Mayo de 2013, día y hora fijado para llevar a efecto la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos MAHOLY ACEVEDO, en su carácter de parte actora, debidamente representada por los profesionales del derecho JOSÉ NOROÑO Y JESÚS SANCHEZ y la demandada Entidad de trabajo MINIMAL DISEÑOS & ESPACIOS, C.A. debidamente representados por la ciudadana GASDALY MARIEL YUNIS SANCHEZ, en su carácter de Presidenta de la misma, quien se encontraba debidamente representada por su apoderado judicial LEONARDO NOGUERA, en este estado, las partes con la intervención de la ciudadana Jueza, han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: la parte demandada se compromete a cancelarle a la trabajadora la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (BS.25.000), por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el libelo de la demanda, pago que se efectuará por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, mediante cheque a nombre de la demandante. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, absteniéndose de ordenar el archivo del expediente hasta tanto conste en actas el cumplimiento efectivo del monto acordado.
La Jueza Suplente


Marines Cedeño


La Secretaria


Los Presentes