REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Laboral de Cabimas

Cabimas, Seis (06) de Mayo de dos mil Trece (2013).
203º y 154º

ASUNTO: VP21-L-2012-000413

Parte Actora: RICHARD RAMON GUTIERREZ YORIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-12.862.898 , con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Apoderados Judiciales
de la parte actora. No compareció apoderado ni representante alguno.

Parte Demandada:
UBELCA, domiciliada en el Municipio Iribarren del Estado Lara.




Apoderados Judiciales
De la parte demandada: PEDRO ELIAS ARISTIGUIETA CORREA, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 41071 .





Motivo: COBRO DE PRESTACIONESSOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.


Hoy, Seis (06) de Mayo de dos mil Trece (2013), siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo el anuncio de ley , compareciendo solamente la apoderada judicial de la parte demandada UBELCA , el abogado en ejercicio PEDRO ELIAS ARISTIGUIETA CORREA, según consta en copia del documento poder que consigna en este acto constante de 01 folios útiles y presento a efecto videndi original del mismo , no compareciendo la parte demandada ciudadano RICHARD RAMON GUTIERREZ YORIS ,ni por si, ni por representante o apoderado alguno, por lo que se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora . En consecuencia el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con sede en Cabimas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMEINTO Y TERMINADO EL PROCESO.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 203 ° y 154°.


Abg. JAIRO SILVA RUIZ
JUEZ 2° DE S.M.E.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


Abg. JOHANNA ARIAS
SECRETARIA

JSR/jsr