REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Quince (15) de Mayo de Dos Mil Trece (2013)

203º y 154º


ASUNTO: VP21-L-2012-000579

Parte Actora: HUMBERTO ANTONIO DÍAZ PINTO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-11.695.891 domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia.-
Abogados Apoderadas
De la parte actora.-
MISAEL CARDOZO, MARIBEL HERAS, NESTOR PRIETO, FRANCIS CARRIZO Y YORMALYN CUMARE , Abogado en ejercicio , inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 25462, 67736, 132883 , 175610 , 180608 respectivamente.
Parte Demandada:
PETROLERA SOCIAL, C.A., (P & S, C.A.), (POSADA SANDREA),domiciliado en el Municipio Santa Rita del Estado Zulia.-
,

Abogados Apoderadas
De la parte Demandada

RAIDA NUÑEZ Y ROGER VASQUEZ , venezolana, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 104778 Y 99863 respectivamente.



Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros concepto laborales.


Hoy, Quince (15) de Mayo de Dos Mil Trece (2013) ,siendo las 10:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el abogado en ejercicio ROGER VASQUEZ , en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PETROLERA SOCIAL, C.A., (P & S, C.A.), (POSADA SANDREA), según consta en actas , lo cual consta en actas, no compareciendo la parte actoras ni por si ni por intermedio de apoderado alguno, por lo cual se le concedió un lapso de 15 minutos de espera: transcurrido los cuales se hizo el anuncio de ley compareciendo solamente la abogado en ejercicio ROGER VASQUEZ en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PETROLERA SOCIAL, C.A., (P & S, C.A.), (POSADA SANDREA), según consta en actas, lo cual consta en actas, no compareciendo la parte actoras ni por si ni por intermedio de apoderado alguno. Seguidamente se da inicio a la Audiencia pautada para el día de hoy, se constituye este Tribunal bajo la dirección del Ciudadano Juez JAIRO SILVA RUIZ, quien declaró abierto éste acto , y constató la incomparecencia de las partes demandantes ni por si , ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con sede en Cabimas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 203º y 154º



Abg. JAIRO SILVA RUIZ
JUEZ 2° DE S.M.E.


APODERADO JUDICIAL DE LA EMPRESA DEMANDADA:



Abg. JOHANNA ARIAS
SECRETARIA

JSR/jsr