JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 25 de Marzo de 2013
202º y 154º
Visto el escrito de fecha 18 de Marzo del presente año, presentado por el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.894.787, asistido por las abogadas en ejercicio HAYMED ANTUNEZ y YUSMENY AÑEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 47.846 y 46.687, en el cual solicita se suspenda la medida de embargo, asimismo, vista las actas que actas procesales que en fecha 23 de julio de 2009 se declaró perimida la instancia por falta de impulso procesal de conformidad con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en fecha Diez (10) de Agosto de 2009, fue revocada la sentencia dictada por este tribunal en fecha 23 de Julio de 2009; en fecha cuatro (04) de Noviembre de 2009 este tribunal dictó sentencia declarando SIN LUGAR la demanda. En fecha Catorce (14) de Diciembre de 2009 Abogada LIDA VALLE ANTUNEZ NAVA en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARIA ELENA GONZALEZ LEAL, apelo de la decisión dictada en fecha (04) de Noviembre de 2009; en fecha (07) de Diciembre de 2011 se dicto sentencia declarando CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 14 de Diciembre de 2009 por la abogada LIDA DEL VALLE ANTUNEZ NAVA, por ante el JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, y REPONE la causa al estado de notificar al ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, de la sentencia dictada y publicada en fecha 23 de Julio de 2009, el Tribunal provee conforme a lo solicitado y en consecuencia, ordena levantar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por este Juzgado en fecha 22 de Octubre de 2007, y ejecutada por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 02 de Noviembre de 2007, la cual recayó sobre un treinta y tres por ciento (33%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devenga el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.894.787, como trabajador al servicio de la EMPRESA ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), y la cual en fecha 02 de Octubre de 2008, este Juzgado resolvió disminuir la medida preventiva de embargo del treinta y tres por ciento(33%) a un veinte por ciento (20%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devengue el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, como trabajador de la empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), hoy CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL (CORPOELEC) .- Ofíciese.- Anotada bajo el No.
LA JUEZ PROVISORIA,

Dra. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN
EL SECRETARIA ACCIDENTAL,

Abog. BORIS JEREZ
En la misma fecha se oficio bajo los Nos. 0296-2.013 y 0297-2.013.-

EL SECRETARIA ACCIDENTAL,

Abog. BORIS JEREZ

















IVR/jspl.-


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 10.360
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Maracaibo, 25 de Marzo de 2013
Circunscripción Judicial del Estado Zulia 202º y 154º
MARACAIBO
No. 0296-2013.-

CIUDADANO
GERENTE DE LA CORPORACION ELECTRICA NACIONAL (CORPOELEC)
DEPARTAMENTO DE GESTION GENTE
ATENCION: DRA. SOLEIDA SEMPRUN
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por PENSION DE ALIMENTOS, seguido por la ciudadana MARIA ELENA GONZÁLEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.715.781; en contra del ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.894.787; este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, levantar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por este Juzgado en fecha 22 de Octubre de 2007, y ejecutada por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 02 de Noviembre de 2007, la cual recayó sobre un treinta y tres por ciento (33%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devenga el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.894.787, como trabajador al servicio de la EMPRESA ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), y la cual en fecha 02 de Octubre de 2008, este Juzgado resolvió disminuir la medida preventiva de embargo del treinta y tres por ciento (33%) a un veinte por ciento (20%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devengue el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, como trabajador de la empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), hoy CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL (CORPOELEC) .-
Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION

DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN
-Jueza Provisoria-
IVR/jspl.-





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA Exp. No. 10.360
EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Maracaibo, 25 de Marzo de 2013
Circunscripción Judicial del Estado Zulia 202º y 154º
MARACAIBO
No. 0297-2013.-

CIUDADANO
GERENTE DEL BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO
DEPARTAMENTO FONDO FIDUCIARIO
ATENCION: DR. FREDDY RAÚL YÁNEZ
SU DESPACHO.-
Comunícole a usted, que en el juicio que por PENSION DE ALIMENTOS, seguido por la ciudadana MARIA ELENA GONZÁLEZ LEAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.715.781; en contra del ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.894.787; este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, levantar la Medida de Embargo Preventivo, decretada por este Juzgado en fecha 22 de Octubre de 2007, y ejecutada por el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en fecha 02 de Noviembre de 2007, la cual recayó sobre un treinta y tres por ciento (33%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devenga el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.894.787, como trabajador al servicio de la EMPRESA ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), y la cual en fecha 02 de Octubre de 2008, este Juzgado resolvió disminuir la medida preventiva de embargo del treinta y tres por ciento (33%) a un veinte por ciento (20%) del sueldo o salario, bonificaciones del fin de año, cesta ticket, bono alimenticio y bono vacacional que devengue el ciudadano RAFAEL ANGEL OBERTO LEAL, como trabajador de la empresa ENERGIA ELECTRICA DE VENEZUELA, C.A. (ENELVEN), hoy CORPORACIÓN ELECTRICA NACIONAL (CORPOELEC) .-
Comunicación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION

DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN
-Jueza Provisoria-

IVR/jspl.-