REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Sentencia Nº. 075-2013.
Maracaibo, 04 de Marzo de 2013
202º y 154º

Recibido la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y distribución de Documentos del Poder Judicial del estado Zulia, Signada con el Nº 49177-2013, se le da entrada y por cuanto la presente no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, se admite cuanto ha lugar en derecho.- Ocurre la ciudadana ARELIS COROMOTO URDANETA DE BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.062.612, asistida en este acto por el abogado en ejercicio NELSON MOLINA VILCHES, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro.47.869, domiciliado en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia obrando en su propio nombre y en representación de su hijo ciudadano MARCO ANTONIO BETANCOURT, para solicitar se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS para todos los efectos y en cuanto ha derecho se refiere, en su condición de cónyuge e hijo de TEOFILO DEL CARMEN BETANCOURT, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.058.094 y tenia su domicilio en la ciudad de Maracaibo, estado Zulia, fallecido en esta misma ciudad de Maracaibo el día 03 de Febrero del año 2008. la solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) acta de defunción; 2) Partida de Nacimiento, 3) Copias de las cedulas 4) Justificativo evacuado por ante la Notaria Publica Séptima de Maracaibo en fecha 27 de Febrero de 2013; por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el articulo 937 del código de Procedimiento Civil, este tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos ARELIS COROMOTO URDANETA DE BETANCOURT y MARCO ANTONIO BETANCOURT URDANETA mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nrosº V-5.062.612 y V-19.873.420, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante TEOFILO DEL CARMEN BETANCOURT .ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar solicitud. Expídanse las copias solicitadas. Devuélvanse.-

La Juez,

Abog. MARIA IDELMA GUTIERREZ V.

El Secretario,


Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA


En la misma fecha se expidieron las copias, se devuelve constante de DOCE (12) folios útiles y se dejo copia certificada para formar solicitud Nº 0864-2013

El Secretario,


Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA



MIGV/GGU/ia