REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, lunes once (11) de marzo del 2013, siendo las diez y quince minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en la sede donde funciona las oficinas administrativas del Ministerio para el Poder Popular de la Educación Zona Educativa Región Zuliana, ubicado en la avenida 8 Santa Rita, Edificio La Estrella en Jurisdicción del Municipio Maracaibo Estado Zulia. a objeto de llevar a efecto la medida decretada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No.01, expediente 23553, contentivo de Obligación de Manutención incoado por HILVENIA DEL CARMEN CALDERA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 16.782.528, en contra de WILADYS DEL CARMEN RANGEL CAMACHO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad 9.738.908, a favor del niño XXXXXXXXXXXXXX.- Seguidamente se procedió a notificar del traslado y constitución del tribunal al ciudadano (a) ANA ANGELICA DOMINGUEZ MORALES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.834.473, Quien manifestó ser SECRETARIA. Acto seguido esta juzgadora le informa a la persona notificada que el Tribunal de Protección DECRETO, Medida Preventiva de Embargo sobre los siguientes conceptos a) Sobre el Veinte por ciento (20%) del sueldo y/o comisiones que perciba la ciudadana Wiladys del Carmen Rangel Camacho, ya identificada, como Docente de Educación Física en el Liceo Rafael Urdaneta, b) Sobre el veinte por ciento (20%) del Bono Vacacional y las utilidades o Bonificación de fin de año, c) sobre el Veinte por ciento (20%) sobre cualquier otro concepto que perciba la reclamada de autos, y d) sobre el veinte por ciento (20%) de las Prestaciones Sociales que le puedan corresponder a la reclamada de autos.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A” “B” y “C” debe entregarlas el ciudadano patrono directamente a la ciudadana Hilvenia del Carmen Caldera González, ya identificada y las contenidas en el literal “D” remitirlas en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal No. 01. Exp 23553. Solo recibe cheques los días martes y jueves. Concluidas las actuaciones de rigor del acto practicado, este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el tribunal comitente, EMBARGA PREVENTIVAMENTE LOS CONCEPTOS INDICADOS EN LOS LITERALES “a” “b” “c” Y “d” QUE SE CORRESPONDEN CON LOS ORDENADOS A EMBARGAR POR EL TRIBUNAL DE PROTECCION.- Así se decide. En este estado, la persona notificada expone: “Me doy por notificado (a) de la medida de Embargo practicada a reserva de que el departamento correspondiente verifique: PRIMERO: Si el demandado es o no trabajador de esta Institución, SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer el propio demandado.- Se ordena expedir copia de la presente acta a la persona notificada. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, tasa o emolumento alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 254 y 26, concordados con la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes artículo 9. Terminó se leyó y conformes firman, concluyó el acto, siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana del día de hoy.-
LA JUEZA

MSC. ZIMARAY CARRASQUERO


EL (LA) NOTIFICADO (A)




LA SECRETARIA:

Abg. LINDA AVILA.






c-5586-13
Exp.23.553.