REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia


COMISION No. 5.605
En el día de hoy Veinte (20) de Marzo del año dos mil trece, siendo las dos de la tarde de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa CAMARONERA COLDEMAR, C.A ubicada en la avenida 5 El Bajo, en jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, sitio señalado por la parte actora, ciudadana CLAUDIA CECILIA POLANIA SEGURA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.773.846, debidamente asistida por el abogado en ejercicio de este domicilio ANTONIO RAMON VASQUEZ MONTILLA, portador de la Cédula de Identidad No. 5.832.732, inscrito e el INPREABOGADO bajo el No. 37.819, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 13889, con motivo del Juicio que por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue la ciudadana CLAUDIA CECILIA POLANIA SEGURA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.773.846, en beneficio de la XXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano ELIAS DANIEL FEREIRA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.893.910.- Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana ALIDA MARGARITA SUTHERLAND DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad No. V-4.852.819, quién se identifico con el carácter de Administradora de la empresa COLDEMAR, C.A., manifestando que el demandado, ciudadano ELIAS DANIEL FEREIRA, no trabaja en esta empresa, sino que trabaja para el señor DIRIMO BRACHO, quien es el padre de los accionistas de la empresa que represento. En este estado, presente la ciudadana CLAUDIA CECILIA POLANIA SEGURA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 9.773.846, debidamente asistida por el abogado en ejercicio de este domicilio ANTONIO RAMON VASQUEZ MONTILLA, antes identificado, expuso: Solicito al Tribunal suspenda la ejecución de la presente medida, visto lo expuesto por la notificada, y se sirva remitir la presente comisión al Juzgado de la causa en virtud de la imposibilidad material de ejecutar la presente medida , reservándome el derecho de incoar cualquier otra acción pertinente en contra del demandado así como también de cualquier otra persona que resulte responsable en el presente procedimiento. ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, vista la exposición de la parte actora, ciudadana CLAUDIA CECILIA POLANIA SEGURA, antes identificada, debidamente asistida por el abogado en ejercicio de este domicilio ANTONIO RAMON VASQUEZ MONTILLA, antes identificado, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia suspende la ejecución de la presente medida y ordena el retorno a su sede. Asimismo, ordena remitir la presente comisión al Tribunal del causa en el estado en que se encuentra. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, menos la notificada por negarse a hacerlo, siendo las tres y quince minutos de la tarde¬¬¬.-
LA JUEZ

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.

LA PARTE DEMANDANTE Y SU
ABOGADO ASISTENTE:



EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA A.