N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001523
PARTE ACTORA: ANA BELEN CARDENAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: BENITO VALECILLOS
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES ARTEAGA MATOS ANTUNEZ, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ANDRES VIRLA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, (18) marzo de del 2013, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado en ejercicio BENITO VALECILLOS en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA BELEN parte actora y el ciudadano ANDRES VIRLA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES ARTEAGA MATOS ANTUNEZ, C.A., quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto presente el ciudadano ANDRES VIRLA, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES ARTEAGA MATOS ANTUNEZ, C.A., expone: “ En nombre de mi representada, para dar por terminada la presente causa, y facultada para este acto, ofrezco por los conceptos demandados la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.20.000,00), pagaderos para el día de 29 de marzo del 2013, por ante el Tribunal, es todo”. En este acto presente el abogado en ejercicio BENITO VALECILLOS en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANA BELEN parte actora expone: “ Facultado para este acto, acepto en nombre de mi representada el ofrecimiento realizado por la parte demandada, y la fecha de pago por cuanto con la cantidad ofrecida esta satisfecha las pretensiones de mi representada explanadas en el libelo de demanda, es todo”. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace entrega de las pruebas.
LA JUEZ
ABG.ANA AVILA
LA SECRETARIA
LOS PRESENTES
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