N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-002970
PARTE ACTORA: HENRY HOFEMAN ATENCIO PAREDES
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: TATIANA MUÑOZ
PARTE DEMANDADA: SHELL VENEZUELA, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARY CARIDADAD y RAFAEL SANDOVAL.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, veintiuno (21) de Marzo de 2013, siendo las 10: 30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos HENRY HOFEMAN ATENCIO PAREDES, representado por la abogada TATIANA MUÑOZ y los abogados MARY CARIDADAD y RAFAEL SANDOVAL, con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil SHELL VENEZUELA, S.A. quienes en el transcurso de la audiencia preliminar se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, con la intervención mediadora del ciudadano Juez que preside este acto y han llegado a un acuerdo transaccional que se especifica mediante escrito que consignan en este acto en diez (10) folios útiles para ser agregado al expediente y que forma parte de esta acta, por la cantidad total de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs.300.000,00), mediante cheque de gerencia No.00023203 girado a favor del ciudadano HENRY ATENCIO PAREDES, contra la entidad financiera Venezolano de Crédito, de fecha veinte (20) de marzo de 2013.
Ahora bien visto el acuerdo de las partes este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN y le imparte el carácter de Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que le han sido entregadas a las partes las pruebas promovidas al inicio de la audiencia preliminar y se ordena el archivo definitivo del expediente. Se provee copia certificada de la presente acta así como de la transacción. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.
La Juez
El Secretario
Abg. Marlene Rojas de Siu Abg. Rafael Hidalgo. Los Presentes.
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