REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Laboral de Cabimas
Cabimas, Diecinueve (19 ) de Marzo de Dos Mil Trece (2013)
202º y 154º
ASUNTO: VP21-L-2012-000515
Parte Actora: NIXON ANTONIO AFRICANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-5.709.074 con domicilio en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Apoderados Judiciales
de la parte actora. No se constituyo apoderado alguno.
Parte Demandada:
PDVSA PETROLEO, S.A., domiciliado en Caracas Distrito Capital.
Apoderados Judiciales
De la parte demandada: MARLENE BOCARANDA , abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 89035 y otros.
Motivo: ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, Diecinueve (19 ) de Marzo de Dos Mil Trece (2013) , siendo las 9 : 00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se hizo el anuncio de ley , compareciendo solamente la apoderada judicial de la parte demandada la abogado en ejercicio MARLENE BOCARANDA, según consta en copia del documento poder que consigna en este acto constante de 03 folios útiles y presento a efecto videndi original del mismo , no compareciendo la parte demandada ciudadano NIXON ANTONIO AFRICANO , ni por si, representante o apoderado alguno, por lo que se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora . En consecuencia el Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con sede en Cabimas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMEINTO Y TERMINADO EL PROCESO.. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN , NOTIFIQUESE AL PROCURADOR GENERAL DE LA REPUBLICA . Años 202 ° y 153°.
Abg. JAIRO SILVA RUIZ
JUEZ 2° DE S.M.E.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
Abg. NORELYS MINDIOLA
SECRETARIA
JSR/jsr