REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4
EXPEDIENTE: 5370
SOLICITUD: AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE
SOLICITANTE: ANA LUISA URARIYU GONZALEZ
NIÑA: (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD)

PARTE NARRATIVA
Este procedimiento de se inició mediante solicitud presentada por la ciudadana ANA LUISA URARIYU GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.802.367 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por la abogada GABRIELA FARIA ROMERO, Defensora Pública Cuarta, designada para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia; solicitando AUTORIZACION PARA RETIRAR DINERO POR MUERTE, en beneficio de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDNCIALIDAD); sobre la cuota parte de la cantidad de dinero que a la misma le corresponda por los conceptos de PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, PROGRAMA DE CESTA TICKES DEL AÑO 2005 y DIFERENCIA DE CESTA TICKES DE LOS AÑOS 2008/2009, LIQUIDACION, RETROACTIVO 40% MAYO A DICIEMBRE DE 2012, INCIDENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES DE MAYO A DICIEMBRE DE 2012, AGUINALDOS Y DIAS ADICIONALES, BONO VACACIONAL, RETROACTIVO DEL 8% DE ENER-FREBRERO 2012, INCIDENCIA EN PRESTACIONES SOCIALES DE ENERO A FEBRERO 2012, INCIDENCIAS, PRESTACIONES SOCIALES, dejados al fallecimiento de su progenitor ciudadano EDINSON JOSE JIMENEZ AREVALO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.077.351; quien falleció ab-intestato en fecha 27 de febrero de 2012, y quien prestaba sus servicios como profesor de las Unidades Educativas NUESTRA SEÑORA DEL SAGRADO CORAZON y MADRE ELISA JARAMILLO.

Cumpliendo con las formalidades de ley, esta Sala de Juicio le dio entrada y curso a la anterior solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 170 literal d, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acordó notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, la cual se verificó en fecha 16 de mayo de 2013; y oir la opinión de la niña de autos, quien ejerció su derecho en fecha 16 de mayo de 2013.
PARTE MOTIVA
Por cuanto la ciudadana ANA LUISA URARIYU GONZALEZ, está en la obligación de obrar por la antes mencionada niña, en todos los actos de administración de sus bienes y entre esos actos se encuentran los de gestionar y recibir las cantidades de dinero que le corresponda a la misma; es por lo que este Tribunal, actuando con fundamento en el Principio del Interés Superior de los Niños, Niñas y Adolescentes, consagrado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cuál textualmente establece: :

“El Interés Superior de Niños, Niñas y Adolescentes es un principio de interpretación y aplicación de esta ley, el cuál es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio esta dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías”,

En tal sentido, debe DECLARAR PROCEDENTE LA AUTORIZACION SOLICITADA. ASI SE DECIDE.-
PARTE DISPOSITIVA
DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE la autorización solicitada por la ciudadana ANA LUISA URARIYU GONZALEZ, ya identificada para que en representación de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), reciba en cheque de gerencia a nombre del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 4; las cantidades de dinero que a la misma le corresponda, dejadas al fallecimiento del ciudadano EDINSON JOSE JIMENEZ AREVALO, sin prejuicio a que hubiera lugar para con el Fisco Nacional. ASÍ SE DECIDE.-

El monto remitido será posteriormente depositado en la entidad bancaria BICENTENARIO, en una (1) cuenta de ahorros a favor de la niña (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZON DE CONFIDENCIALIDAD), y a la orden de este Tribunal.

Expídase por secretaría dos (2) copias certificadas de la presente resolución, a fin de que sea presentada por ante la Unidad Educativa NUESTRA SEÑORA DEL SAGRADO CORAZON, correspondiente a los conceptos PRESTACIONES SOCIALES, FIDEICOMISO, PROGRAMA DE CESTA TICKES DEL AÑO 2005 y DIFERENCIA DE CESTA TICKES DE LOS AÑOS 2008/2009, CORAZON y MADRE ELISA JARAMILLO; así como en la Unidad Educativa MADRE ELISA JARAMILLO, correspondiente a los conceptos LIQUIDACION, RETROACTIVO 40% MAYO A DICIEMBRE DE 2012, INCIDENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES DE MAYO A DICIEMBRE DE 2012, AGUINALDOS Y DIAS ADICIONALES, BONO VACACIONAL, RETROACTIVO DEL 8% DE ENER-FREBRERO 2012, INCIDENCIA EN PRESTACIONES SOCIALES DE ENERO A FEBRERO 2012, INCIDENCIAS, PRESTACIONES SOCIALES. Devuélvase los originales de los documentos consignados. ASI SE DECIDE.

Dada, firmada y sellada en la sala de Juicio de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio N° 4, en Maracaibo, en horas de Despacho, a los 06 días del mes de junio de 2013. Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

EL JUEZ UNIPERSONAL N° 4 LA SECRETARIA


ABOG. MARLON BARRETO RIOS ABOG. LORENA RINCON PINEDA

EN LA MISMA FECHA SE REGISTRO LA ANTERIOR AUTORIZACION EN EL LIBRO DE SENTENCIAS DEFINITIVAS LLEVADOS POR ESTE TRIBUNAL EN EL PRESENTE MES Y AÑO BAJO EL N° 24. LA SECRETARIA.

MBR/natalia