REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
Exp. 3783
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, diecinueve (19) de junio de dos mil trece (2.013).
203° y 154°
Vista la diligencia de fecha dieciocho (18) de junio de dos mil trece (2013), donde las partes intervinientes en la presente causa, celebran TRANSACCIÓN JUDICIAL por ante este Tribunal. Por la parte actora el abogado en ejercicio ANDRES EDUARDO MELEAN NAVA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 142.935, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, domiciliado en la Ciudad de Maracaibo del Estado Zulia. Por una parte y por la otra, el ciudadano GERARDO JOSE ECHETO VALE, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.309.176, actuando con el carácter de presidente de la Sociedad Mercantil MONTE SACRO C.A, debidamente asisto por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS ATENCIO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 34.127. Este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las facultades que le otorga el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, Autoriza dicha TRANSACCIÓN formulada por las partes intervinientes en el presente juicio, lo homologa, le imparte su aprobación, y lo pasa por autoridad de cosa juzgada.
En consecuencia de lo anterior referido se ordena:
Primero: Este Tribunal deja sin efecto la Medida Innominada de Coadministracion decretada por auto de fecha dieciséis (16) de mayo de dos mil doce (2012), sobre los fundos agropecuarios “MONTE SACRO” Y “MONTE OSCURO”
Segundo: Se ordena la devolución de los documentos originales, a solicitud de las partes.
Tercero: se ordenan expedir las copias certificadas solicitadas, con inserción del acuerdo transaccional y la presente homologación.
Cuarto: Se ordena el archivo del presente expediente. ASÍ SE DECIDE.
EL JUEZ,
DR. LUIS ENRIQUE CASTILLO SOTO.
LA SECRETARIA,
ABOG. MARIA JOSÉ GÓMEZ ROJAS
LECS/marlyn