REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
COMISIÓN: 5673-13
En el día de hoy Jueves Veintisiete (27) de Junio de Dos Mil Trece (2013), siendo las Nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45 a.m.), de conformidad con lo acordado, a pedimento de parte y con la habilitación del tiempo que fuere necesario, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble ubicado en la avenida 13A con calle 66A, específicamente en el Edificio Residencias Maracaibo, en jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el abogado en ejercicio ALEJANDRO BASTIDAS ILUKEWITSCH, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 77.195, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A., domiciliada en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, cuya última modificación estatutaria quedó inscrita en fecha 21 de diciembre de 2012, ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el No. 36, Tomo 86-A RM1, contra los ciudadanos FERNANDO JOSÉ MARTINEZ MATHEUS y ESTHER MARIA NARANJO DE MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 5.164.506 y 5.827.029 respectivamente. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada, presente el Apoderado Actor, solicita se designe perito y depositaria judicial para llevar a efecto la ejecución de la medida de embargo ejecutivo. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Perito Avaluador al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como DEPOSITARIO JUDICIAL a la DEPOSITARIA JUDICIAL SANTA MARIA C.A. (DEPOSACA) representada en este acto por el ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”; procediendo el Tribunal a tomarle el juramento de Ley de la manera siguiente: En nombre de su representada jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”.Acto seguido, el abogado ALEJANDRO BASTIDAS ILUKEWITSCH, Apoderado Judicial de la parte actora, expone: “En vista de que no se encuentra el ciudadano Fernando Martínez demandado de autos y por cuanto me encuentro en conversaciones con el mencionado ciudadano a fin de llegar a un arreglo y lograr ponerle fin al presente juicio, es por lo que solicito muy respetuosamente a éste Tribunal Ejecutor Suspenda por el día de hoy la ejecución de la medida decretada por el Tribunal de la Causa, asimismo posteriormente solicitare mediante diligencia nueva oportunidad para llevar acabo la ejecución de la medida de embargo ejecutivo”. Seguidamente este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, provee de conformidad con lo solicitado, en consecuencia, Suspende por el día de hoy la ejecución de la presente medida, fijando nueva oportunidad previa solicitud de la parte actora, y ordena el retorno a su sede. En este estado, este Tribunal deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Diez y treinta minutos de la mañana (10:30 A.M.), del día de hoy.-
LA JUEZA
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.
EL PERITO: EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA:
LA SECRETARIA TEMP.
ABOG. ADRIANA SOTO MONSALVE.-
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