REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.691
En el día de hoy, 12 de Junio del año dos mil trece, siendo las 1:15 PM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Procuraduría del Estado Zulia, ubicado en la Calle Obispolazo, Edificio Don Diego, diagonal a la Plaza Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 24342. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN sigue la ciudadana LUZ DARI ALVAREZ, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 13.301.755, a favor del XXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano ALIRIO CHACON MORAN portador de la Cédula de Identidad No. V-10.442.088.- En este estado presente el ciudadano (a): YANIS HURTADO, titular de la Cédula de Identidad No.V- 5.171.505, quién se identifico con el carácter de ABOGADA SUSTITUTA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó Medida de Embargo Preventivo sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que percibe el ciudadano ALIRIO CHACON MORAN, ya identificado, mensualmente ya que el mismo labora como Oficial de la Policía del Estado Zulia.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de Bono Vacacional.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) que le pueda corresponder al ciudadano antes indicado por concepto de Aguinaldos o cualquier otra Bonificación especial de fin de año.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano ALIRIO CHACON MORAN.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el mencionado ciudadano para su hijo.- F) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo que percibe el ciudadano ALIRIO CHACON MORAN, ya identificado, mensualmente ya que el mismo labora como Oficial de la Policía del Estado Zulia.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano antes mencionado por concepto de Bono Vacacional.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) que le pueda corresponder al ciudadano antes indicado por concepto de Aguinaldos o cualquier otra Bonificación especial de fin de año.- D) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre cualquier otra cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano ALIRIO CHACON MORAN.- E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el mencionado ciudadano para su hijo.- F) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le puedan corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier situación que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades a retener establecidos en los literales “A, B, C, D y E” deberán ser entregado directamente a la ciudadana LUZ DARI ALVAREZ, antes identificada, en cheque de Gerencia a nombre de la misma y la cantidad contenida en el literal “F” deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS, Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: 24342. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Institución que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 2:50 PM.-
LA JUEZ


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA P