REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, MIRANDA, SIMÓN BOLÍVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
En el dia de hoy, Cinco (05) de Junio del 2013, siendo las 10:00 de la mañana se traslado este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, MIRANDA, VALMORE RODRIGUEZ Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a un inmueble ubicado en La Calle Piñuela Ruiz, Sector Amparo, carretera Andres Bello, casa sin numero visible en la ciudad y municipio Cabimas del estado Zulia, a los fines de realizar otra NOTIFICACION para el desalojo decretado por el JUZGADO TERCERODE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMON BOLIVAR DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, seguido por KARELIA GRANDA EN CONTRA DE MAIGUALIDA DEL CARMEN DIAZ; y como este organo ejecutor cumpliendo su mision observa que han transcurrido 74 dias habiles desde la fecha de la ultima Notificación, para cumplir asi lo pautado en el Decreto con rango, fuerza y valor de ley contra los desalojos arbitrarios de viviendas. dispuso el traslado- Seguidamente constituidos en el sitio se procedio a realizar los toques de ley a la puerta principal de acceso, siendo atendido por la demandada MAIGUALIDA DIAZ BARBOZA, titular de la Cedula de Identidad N° V- 11.889.772, a quien se le notifico nuevamente de la mision del tribunal haciendole de su conocimiento que ya estaba vencido el lapso para la desocupación voluntaria, asi mismo que estaban cubiertos los extremos que exige la ley y deberia indicar dia y hora para desocupar el mismo, imponiendola del hecho que tenia un refugio asignado.- Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la ciudadana MAIGUALIDA DIAZ, quien manifesto al tribunal que se le concediera Tres (03) dias para recoger sus pertenencias y las de las personas que habitan con ella y buscar una solucion habitacional donde pudiera vivir.- El tribunal vista y oida la exposición le concedio tal lapso contados a partir del dia de hoy, haciendole saber que continuaria transcurriendo el lapso establecido por la ley.-
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