El día de hoy, Catorce (14) de Junio del año Dos Mil Seis, siendo las 2:20 minutos de la tarde, día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventiva decretada en el Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la Ciudadana: IRIS MARIBEL MARTINEZ MATOS, Titular de la cedula de identidad N° V-16.831.650, en contra del ciudadano: LEONARDO ANTONIO PACHECO MARTINEZ, Titular de la Cédula de Identidad N°V- 15.319.. 537 por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CIUDAD OJEDA y para lo cual fue Exhortado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora IRIS MARIBEL MARTINEZMATOS, antes identificada y asistida en este acto por la abogada en ejercicio YURAIMA MATHEUS, TITULAR DE LA Cedula De identidad N°V-18.483.224, e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 177745 , se trasladó y constituyó este Organo Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa PETROLEO DE VENEZUELA, SA (P.D.V.S.A) ubicada la calle Independencia, sector las Morochas Muelle Patria Grande Ciudad Ojeda.-municipio lagunillas del Estado Zulia siendo las 3:10 de la tarde.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a) KARINA HERNANDEZ: , Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero:13.480.290- En su carácter de: administradora de la Empresa petróleo de Venezuela, s.a. (P.D.V.S.A)- En este estado presente la parte actora IRIS MARIBEL MARTINEZ MATOS antes identificada
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