REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 5286
En horas de Despacho del día de hoy once (11) de Junio de dos mil trece (2013), siendo las ocho y treinta minutos de la mañana, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON. BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE en un inmueble ubicado en el sector Punta de Palma, al lado del colegio Arturo Alirio Reyes, en el Municipio Miranda del estado Zulia, acompañado por los abogados en ejercicio HENRY LEON y ELLERY FERRER, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro. 13.572 y 23.005, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandante, a objeto de ejecutar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, SAN FRANCISCO Y JESUS ENRIQUE LOSSADA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, en juicio de COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION), seguido por SOCIEDAD MERCANTIL BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A en contra de los ciudadanos JACOBO NAVA Y AUDIE NAVA. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar a una ciudadana que dijo llamarse YAMELY FLORES, y se negó a presentar su identificación personal. Posteriormente se presento el ciudadano JACOBO SEGUNDO NAVA GUERRA, titular de la cedula de identidad N° V-7.840.462, parte demandada asistido en este acto por los abogados en ejercicio, JOSE IGNACIO PORTILLO NAVA Y DAIRENE VARGAS CABARCAS, inscritos en el inpreabogado bajo el Nro 34.523 y 199.270, quien expuso: A los fines de dar por terminado el presente proceso incoado en mi contra, me doy por citado e intimado, acepto los hechos así como el derecho invocado, renuncio al lapso que me concede la Ley para contestación y oposición de la demanda; y en este acto ofrezco pagar a la parte demandante en dinero efectivo la cantidad de CIENTO NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs 190.000,00), que es la suma demandada, la deuda que generaron dos (02) tarjetas de crédito Visa y master card donde soy titular y los honorarios profesionales de los abogados actuantes. En este estado presente los apoderados judiciales de la parte actora, ya identificada, expone: Acepto el pago de la deuda intimada, la deuda de dos (02) tarjetas de crédito donde es titular el demandado y los honorarios profesionales hecho por la parte demandada. Ambas partes solicitan al tribunal de la causa homologue el presente conveninimento, le imparta el carácter de cosa juzgada y se archive el expediente. En este estado el Tribunal visto el pago realizado por la parte demandada da por terminado el presente acto, siendo las cinco y quince minutos de la tarde. Termino, se leyó y conformes firman todos

LA JUEZ
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
LOS…
…APODERADOS JUDICIALES DE
LA PARTE ACTORA







LA PARTE DEMANDADA Y SUS
ABOGADOS ASISTENTE







LA SECRETARIA
ABOG. LILIANA DUQUE REYES