N° DE ASUNTO NP11-L-2013-000676
PARTE ACTORA: KARINA BARBATO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.339.952 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE ERNESTO BARRIOS SALAZAR Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 68.685, de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: RON & SAZÓN RESTAURANTE Y CAFÉ, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE OSBEL DOMINGUEZ Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 106.724 de este domicilio.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, veintiséis (26) junio de 2013, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en el presente caso, compareciendo a la misma el Apoderado Judicial Abg. JOSE OSBEL DOMINGUEZ, identificado en el encabezamiento de la presente acta; dándose así inicio a la Audiencia, el Tribunal pasa a dejar constancia de la no asistencia de la demandante, ciudadana KARINA BARBATO, ni por si ni por medio de Apoderado constituido JOSE ERNESTO BARRIOS SALAZAR Y OTROS, se declara Desistido El Procedimiento, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, se procede a dictar Sentencia en forma oral conforme a dicha reconocimiento. En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Es todo, firman los presentes, siendo las 10:00 de la mañana.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. YSABEL BETHERMITH.
EL SECRETARIO (A).
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA
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