REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, treinta de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: OP02-L-2013-000157
Vista la diligencia presentada en fecha 25 de julio de 2013, por la Abogada Mirna Millán Machado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 34.075, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ANA ROSA ECHANDÍA MARCANO, titular de la cédula de identidad N° V- 16.546.043, mediante la cual Desiste de la demanda interpuesta en contra de la Empresa ¨HOTEL PORTOFINO, C.A.¨. En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
El Juez
Dr. Fidel Hernández
La Secretaria
Abg.
FH/jrm.-
|