Exp. 21891







República Bolivariana de Venezuela
En su Nombre
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1

PARTE NARRATIVA

Comparece por ante este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistido por la Abogada en ejercicio ROSANGEL PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 177.756, quien intentó demanda de DIVORCIO ORDINARIO contra la ciudadana MINEMMA ELENA ANTUNEZ VILCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.430.812, de igual domicilio, invocando la causal segunda del artículo 185 del Código Civil. Refiriendo que contrajo matrimonio civil con la referida ciudadana, por ante las autoridades civiles de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 16-10-2002, según se evidencia en el acta de matrimonio Nº 121, que consignaron. De dicha unión matrimonial procrearon tres (03) hijos que llevan por nombres: JHONATAN DANIEL, JENIFER DANIELA y DANIEL DAVID RIVERA ANTUNEZ, de trece (13), once (11) y siete (07) años de edad, respectivamente.

En fecha 08 de Mayo de 2012, este Tribunal le dio entrada, ordenando formar expediente y numerarlo admitiéndola cuanto ha lugar en derecho y se ordenó la Notificación del Fiscal Especializado del Ministerio Publico.

Posteriormente se realizaron todos los actos procesales y por Sentencia de fecha 29 de Abril de 2013 este Tribunal declara: A) SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, en contra de la ciudadana MINEMMA ELENA ANTUNEZ VILCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.430.812.

B) SUSPENDIDAS las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en sentencias interlocutorias de fechas 05-03-2013 y 25-03-2013, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03-04-2013.
C) se condena en costas al demandante, ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.

Igualmente en fecha 03 de Julio de 2013, el Abogado HOMERO REYES TINIACOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.409, actuando con el carácter que consta en actas, solicitó se ponga en ESTADO DE EJECUCIÓN dicha Sentencia.


Con esos antecedentes, este Órgano Jurisdiccional pasa a decidir con las siguientes consideraciones:

PARTE MOTIVA
ÚNICO

Observa este Órgano Jurisdiccional, que en Sentencia de fecha 29 de Abril de 2013, este Tribunal declara: A) SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, en contra de la ciudadana MINEMMA ELENA ANTUNEZ VILCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.430.812.

B) SUSPENDIDAS las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en sentencias interlocutorias de fechas 05-03-2013 y 25-03-2013, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03-04-2013.

C) se condena en costas al demandante, ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil..

Establece el Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:

Artículo 523: " La ejecución de la sentencia o de cualquier otro acto que tenga fuerza de tal, corresponderá al tribunal que haya conocido de la causa en primera instancia....."
De la misma forma, establece el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, lo siguiente:
Artículo 524. Cuando la sentencia haya quedado definitivamente firme, el Tribunal, a petición de la parte interesada, pondrá un decreto ordenando su ejecución.
En consecuencia, visto que la Sentencia de fecha 29 de Abril de 2013, ha quedado definitivamente firme; y vista también la solicitud realizada en fecha 03 de Julio de 2013, este sentenciador, de conformidad con lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil, PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la referida sentencia.

PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal Nº 1 Titular, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA:

1°) PONE EN ESTADO DE EJECUCIÓN, la Sentencia de fecha 29 de Abril de 2013, donde este Tribunal declara A) SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO intentada por el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, en contra de la ciudadana MINEMMA ELENA ANTUNEZ VILCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.430.812.

B) SUSPENDIDAS las medidas de embargo decretadas por este Tribunal en sentencias interlocutorias de fechas 05-03-2013 y 25-03-2013, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03-04-2013.

C) se condena en costas al demandante, ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil..

2°) ORDENA OFICIAR a EMPRESA NCS SERVICIOS LOGÍSTICOS, C.A. a fin de informarles que fueron SUSPENDIDAS las medidas de embargo preventivo decretadas por este Tribunal, contra el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, en fecha 05 y 25 de Marzo de 2013, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03-04-2013.

Publíquese, regístrese, ofíciese. Déjese copia certificada por secretaria.

Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1 Titular, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los diecisiete (17) días del mes de Julio de 2013. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N° 1

DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.
LA SECRETARIA TITULAR,

MGS. ANGÉLICA MARIA BARRIOS


En la misma fecha, se publicó el presente fallo bajo el Nº 2189 en el libro de sentencias interlocutorias llevado por este Tribunal durante el presente año y se ofició bajo el N° 3531 .- La Secretaria.-
Exp. 21891
HRPQ/ 721*






























República Bolivariana de Venezuela
Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 01

Maracaibo, 17 de Julio de 2013.
203º y 154º


EXPEDIENTE No. 21891
OFICIO Nº 3531
CIUDADANO:
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
DE LA EMPRESA NCS SERVICIOS LOGÍSTICOS, C.A.
SU DESPACHO.-


Participo a usted, que este Tribunal por resolución de esta misma fecha, en el expediente signado con el N° 21891, contentivo de DIVORCIO ORDINARIO, incoado por el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la Cédula de Identidad N° 15.061.283, en contra de la ciudadana MINEMMA ELENA ANTUNEZ VILCHEZ, titular de las cédula de Identidad No 10.430.812, ha ordenado oficiarle a fin de informarles que fueron SUSPENDIDAS las medidas de embargo preventivo decretadas por este Tribunal contra el ciudadano DANIEL ALONSO RIVERA MONCADA, titular de la cédula de identidad N° 15.061.283, en fecha 05 y 25 de Marzo de 2013, y ejecutadas por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 03-04-2013, las cuales recayeron sobre los siguientes conceptos:

A. El cuarenta por ciento (40%) sobre el sueldo o salario que devenga mensualmente el ciudadano DANIEL RIVERA MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.061.283, como trabajador de la Empresa NCS SERVICIOS LOGISTICOS, C.A.
B. El cuarenta por ciento (40%) por concepto de cesta ticket.
C. El cuarenta por ciento (40%) sobre las cantidades de dinero que perciba por concepto de utilidades, vacaciones y bono vacacional.
D. El cien por ciento (100%) por concepto de prima por hijo, útiles escolares y de los juguetes de fin de año.
E. El cuarenta por ciento (40%) sobre cualquier otra cantidad de dinero que perciba dicho ciudadano, en virtud de la relación laboral que sostiene con la Empresa NCS SERVICIOS LOGISTICOS, C.A.
F. El cuarenta por ciento (40%) sobre las cantidades de dinero por concepto de Prestaciones Sociales y sus intereses, caja de ahorros, fideicomiso, que pueda percibir el ciudadano en caso de despido, retiro voluntario, jubilación o muerte o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral con la referida empresa.

• MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL SOBRE:

A. El diez por ciento (10%) sueldo o salario que devenga mensualmente el ciudadano DANIEL RIVERA MONCADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.061.283, como trabajador de la Empresa NCS SERVICIOS LOGISTICOS, C.A., a fin de asegurar y cubrir las necesidades de la ciudadana MINEMMA ANTUNEZ VILCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.430.812.

DIOS Y FEDERACIÓN


DR. HECTOR RAMON PEÑARANDA QUINTERO.

JUEZ TITULAR UNIPERSONAL N°1
ANEXO. Lo indicado
HRPQ/ 721*