JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 02 de julio 2013.-
203º y 154º
Vista la diligencia de fecha 27 de junio del presente año, suscrita por la profesional del derecho CARMEN DE CASAS, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, el Tribunal provee conforme a lo solicitado, en consecuencia por cuanto en la presente causa se dictó sentencia declarándose sin lugar la demanda propuesta y en estado de ejecución en esta misma fecha|, SUSPENDE LA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, decretada por este Juzgado en fecha tres (03) de octubre de 2.012 y ejecutada por ante el Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha diecinueve (19) de octubre de 2.012, que recayera sobre el veinticinco por ciento (25%) del sueldo, caja de ahorros, fideicomiso, vacaciones, bonos, utilidades y bonificación de fin de año, y cualquier cantidad que pueda percibir el ciudadano DANIEL ANGEL GONZÁLEZ ARRIETA, como empleado adscrito a la empresa SOCIEDAD MERCANTIL POLIOLEFINAS INTERNACIONALES, C.A.- Ofíciese.-
LA JUEZA PROVISORIA, LA SECRETARIA,

DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN. MARIA ROSA ARRIETA FINOL

En la misma fecha se ofició bajo el No. 699 y la resolución quedó signada bajo el No. 05.-
LA SECRETARIA,



MARIA ROSA ARRIETA F.


IVR/pg.-