Exp. 2970




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 26 de julio de 2013
203º y 154º

Visto el contenido de la diligencia de fecha 01 de julio de 2013, presentada por el profesional del derecho ARMANDO ENRIQUE PEREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 23.391, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ISIDRO PALAZZI ORTEGA, plenamente identificado en actas, vistos los documentos presentados junto al libelo de la demanda como títulos fundamentales de la pretensión, y del estudio detallado que se ha hecho de los mismos, infiere esta Juzgadora, que el medio de prueba se constituye en presunción grave del derecho que se reclama, e igualmente, se deduce de los instrumentos en comento y de los hechos narrados en el libelo de la demanda, que lo peticionado en sede cautelar se subsume en el supuesto normativo previsto en el articulo 585 del Código de Procedimiento Civil.- En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 585, 588 ordinal 3° y 600 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA: Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre: un inmueble constituido por un (01) terreno ubicado en el Barrio 18 de Octubre, Circunvalación N° 2 con Av. 1, Nro. C-40 en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo del estado Zulia, el cual tiene una superficie aproximada de Doscientos Setenta y Un Metros Cuadrados con Setenta y Ocho Decímetros Cuadrados (271,78 M2), y está comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: linda con Circunvalación 2; SUR: linda con propiedad que es o fue de Orlando Ramírez, casa N° 1-05; ESTE: linda con propiedad que es de Luisa Martínez, casa N° 1-30 y OESTE: linda con Av. 1, propiedad de los ciudadanos EDWAR GUILLERMO FERRER MARTÍNEZ, FATIMA NUSKADYS PULGAR MARTÍNEZ Y YAFET MIGUEL PULGAR MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos9.707.681, 5.068.602 y 5.052.620, respectivamente, según documento protocolizado ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio maracaibo del estado Zulia (hoy Registro Público del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del estado Zulia), bajo el N° 7, Protocolo Primero, Tomo 18 de fecha 01 de marzo de 2006.
LA JUEZA TITULAR,


Dra. MARIELA DE LA PAZ SUAREZ SILVA
LA SECRETARIA,


Abog. ELIBETH VILCHEZ FERRER


En la misma fecha se ofició al Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, bajo el N° 514-2013 y quedó registrada bajo sentencia interlocutoria N° 121-2013, siendo las once horas y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.).-

LA SECRETARIA,

MSS/agra/C.C.O.C.V.-