REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Expediente: S-1173
I.- Consta en las actas que:
La ciudadana TEREBERT GREGORIA ALEMAN MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.496.336, domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, actuando en este acto en nombre propio e intereses de sus hermanos ciudadanos FERNANDO ALBERTO ALEMAN TANG, LUISA MARÍA ALEMAN TANG, JOAN RAFAEL ALEMAN GÓMEZ y LUÍS HIDELMO ALEMAN LANDAETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.807.741, 18.318.624, 16.729.405 y 11.803.290, respectivamente, asistida por la profesional del derecho MAYORI HERNÁNDEZ URDANETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 113.426, solicitó que sean declarada ella y los ciudadanos antes identificados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EURIVIADES DE LAS MERCEDES ALEMAN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.405.431, quién falleció el día diecisiete (17) de junio del año (2007).
Manifestaron ser los hijos del de cujus EURIVIADES DE LAS MERCEDES ALEMAN GONZALEZ, antes identificado.
Se acompañó a la solicitud, copia certificada del acta de defunción del ciudadano EURIVIADES DE LAS MERCEDES ALEMAN GONZÁLEZ, emanada de la Prefectura del Municipio Mauroa del estado Falcón; signada con el N° 35; original del acta de nacimiento de la ciudadana TEREBERT GREGORIA ALEMAN MEDINA, emanada de la Prefectura del Municipio Mauroa del estado Falcón, signada con el N° 389; copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano FERNANDO ALBERTO ALEMAN TANG, emanada del Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, signada con el 1925; copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana LUISA MARÍA ALEMAN TANG, emanada del Registro civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, signada con el N° 848; copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano JOAN RAFAEL ALEMAN GÓMEZ, emanada del Registro Civil de la Parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del estado Zulia, signada con el N° 1434; original del acta de nacimiento del ciudadano LUÍS HIDELMO ALEMAN LANDAETA, emanada de la Prefectura del Municipio Mauroa del estado Falcón, signada con el N° 20; justificativo de testigo, emanado de la Notaría Pública Séptima de Maracaibo del estado Zulia, de fecha treinta (30) de mayo del año 2013; copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana TEREBERT GREGORIA ALEMAN MEDINA, copia simple de la cédula de identidad del ciudadano FERNANDO ALBERTO ALEMAN TANG, copia simple de la cédula de identidad de la ciudadana LUISA MARÍA ALEMAN TANG; copia simple de la cédula de identidad del ciudadano JOAN RAFAEL ALEMAN GÓMEZ, copia simple de la cédula de identidad del ciudadano LUÍS HIDELMO ALEMAN LANDAETA.-
II.- El Tribunal para resolver observa:
El artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, establece: “Si se pidiere que tales justificaciones o diligencias se declaren bastantes para asegurar la posesión o algún derecho, mientras no haya oposición, el Juez decretará lo que juzgue conforme a la ley, antes de entregarlas al solicitante, o dentro del tercer día, si esta petición se hubiere hecho posteriormente a la primera diligencia; quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros. El competente para hacer la declaratoria de que habla este artículo es el Juez de Primera Instancia del lugar donde se encuentren los bienes de que se trate.”
Ahora bien, de un análisis de los documentos acompañados se constató la filiación existente entre la solicitante TEREBERT GREGORIA ALEMAN MEDINA y los ciudadanos FERNANDO ALBERTO ALEMAN TANG, LUISA MARÍA ALEMAN TANG, JOAN RAFAEL ALEMAN GÓMEZ y LUÍS HIDELMO ALEMAN LANDAETA con el causante; por lo que al estar llenos los extremos establecidos en la Ley; esta Sentenciadora, de conformidad con la norma transcrita encuentra procedente en derecho la solicitud de declaración de herederos. Así se decide.
III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus EURIVIADES DE LAS MERCEDES ALEMAN GONZÁLEZ a los ciudadanos TEREBERT GREGORIA ALEMAN MEDINA, FERNANDO ALBERTO ALEMAN TANG, LUISA MARÍA ALEMAN TANG, JOAN RAFAEL ALEMAN GÓMEZ y LUÍS HIDELMO ALEMAN LANDAETA; en su condición de hijos y. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase en original, previa certificación de todas estas actuaciones.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Sétimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en Maracaibo a los primero (01) días del mes de julio de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia, 154° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
Dra. MARIELA DE LA PAZ SUARÉZ SILVA
LA SECRETARIA,
Abg. ELIBETH VILCHEZ FERRER
En la misma fecha siendo las nueve hora y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), se dictó y publicó la sentencia definitiva que antecede, quedando anotada bajo el Nº 122 -2013.-
LA SECRETARIA,
MSS/mef.
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