REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 29 de julio de 2013
203° y 154°
Recibida la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos, presentada por la ciudadana ALEXIDA BEATRIZ DRITT CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.759.281, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por el profesional del derecho, ciudadano EDGAR VILLALOBOS, inscrito en el Inpre-Abogado bajo el No. 33.735. Désele entrada. Numérese. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien solicita la ciudadana ALEXIDA BEATRIZ DRITT CARRILLO, debidamente asistida por el profesional del derecho, ciudadano EDGAR VILLALOBOS, antes identificados, que le sean declarados los derechos que tienen en común ella y las ciudadanas ANA GRACIELA DRITT CARRILLO, GLORIA BEATRIZ DRITT CARRILLO, LOURDES YSABEL DRITT CARRILLO y ALBA REGINA DRITT CARRILLO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.757.509, 9.758.192, 9.759.280 y 9.757.966, respectivamente y de este domicilio, como únicas y universales herederas de su causante FRANCISCO DRITT DE LA CRUZ, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.289.678, quién falleció en fecha 14 de febrero de 2011, en jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. La solicitante acompaña junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción del causante FRANCISCO DRITT DE LA CRUZ, signada con el N° 64, año 2011, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 03 de mayo de 2013; 2) Copia Certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana ALEXIDA BEATRIZ DRITT, signada con el N° 4615, año 1970, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia, en fecha 20 de abril de 2009; 3) Copia Certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana ANA GRACIELA DRITT, signada con el N° 3118, año 1966, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia; 4) Copia Certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana GLORIA BEATRIZ DRITT, signada con el N° 466, año 1969, expedida por el Registro Principal del Estado Zulia; 5) Copia Certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana LOURDES YSABEL DRITT, signada con el N° 3031, año 1965, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del Estado Zulia, en fecha 17 de marzo de 2012; 6) Copia Certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana ALBA REGINA DRITT, signada con el N° 2439, Libro 3-7, año 1967, expedida por la Oficina Parroquial de Registro Civil Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 15 de septiembre de 2009; 7) Justificativo de testigos evacuado por la Notaría Pública Décima Primera de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 16 de julio de 2013 y 8) Copia fotostáticas de las cédulas de identidad de las ciudadanas ALEXIDA BEATRIZ DRITT CARRILLO, ANA GRACIELA DRITT CARRILLO, GLORIA BEATRIZ DRITT CARRILLO, LOURDES YSABEL DRITT CARRILLO, ALBA REGINA DRITT CARRILLO y del causante FRANCISCO DRITT DE LA CRUZ. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA como ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS de los derechos del causante FRANCISCO DRITT DE LA CRUZ, a las ciudadanas ALEXIDA BEATRIZ DRITT CARRILLO, ANA GRACIELA DRITT CARRILLO, GLORIA BEATRIZ DRITT CARRILLO, LOURDES YSABEL DRITT CARRILLO, ALBA REGINA DRITT CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 9.759.281 9.757.509, 9.758.192, 9.759.280 y 9.757.966, respectivamente. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original a la solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se ordena expedir por Secretaría una (1) copia certificada solicitada. Expídase
LA JUEZA TITULAR

XIOMARA REYES LA SECRETARIA TITULAR

MARIELIS ESCANDELA
XR/isa.