REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, Veintinueve (29) de julio del 2013, siendo la una y treinta minutos de la tarde, de conformidad con lo acordado, jurada la urgencia del caso, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, en la dirección más adelante indicada, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, expediente No. 43.687, contentivo del juicio Daños y Perjuicios y Daño Moral, seguido por el ciudadano CELSON JOSE QUINTERO PALMAR, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 7.609.578, con domicilio en el Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, en contra del ciudadano ANGEL LEAL, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 5.801.102, y la asociación civil sin fines de lucro UNION DE CONDUCTORES AUTOS POR PUESTO GENERAL RAFAEL URDANETA, CURVA-LA CONCEPCION, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, inscrita en el Registro Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 28-4-1982, No. 15, tomo 22, protocolo 1, juicio en el cual el tribunal de la causa acordó de conformidad con lo establecido en el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil, librar mandamiento de ejecución a los fines de practicar medida ejecutiva de embargo, sobre bienes muebles o inmuebles propiedad de los demandados de autos, hasta cubrir la cantidad de CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SETECIENTOS BOLIVARES (Bs. 421.700.00), suma que comprende el doble del monto condenado a pagar. En caso de embargar cantidades de dinero, la ejecución será hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 210.850,00). Librado el mandamiento respectivo le fue asignado el mismo por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos a este tribunal según numero de distribución TM-EM-6317-2013, de fecha 26/07/2013. Seguidamente el tribunal se constituye en compañía de la parte actora ciudadano CELSO JOSE QUINTERO PALMAR, ya identificado y su abogado CARLOS MAESTRE ZACARIAS, inscrito en el inpreabogado No. 51.659, en la dirección siguiente: Entidad Bancaria Banco Occidental de Descuento (B.O.D), oficina ubicada en la calle 77 con avenida 5 de Julio del Municipio Maracaibo Estado Zulia, donde por indicación de la parte se llevará a efecto la medida comisionada en una cuenta corriente propiedad de la demandada.- Una vez constituido este tribunal en la dirección indicada fuimos atendidos por la ciudadana ALISBETH DE LOS ANGELES CHIRINOS OROÑO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad 10.416.264, quien manifestó ser gerente de oficina principal. Acto continuo se impone del motivo de la presencia y constitución del tribunal ejecutor, permitiendo la lectura integra del despacho comisorio. Seguidamente la parte ejecutante con la asistencia de su apoderado judicial expone: “Le indico al Tribunal Ejecutor que la medida comisionada por el Tribunal de la causa, será practicada en la cuenta corriente No. XXXXXXXXXXXX, cuenta esta propiedad de la parte demandada, es todo.- En este estado este tribunal procede a solicitar a la notificada de autos, que ubique en el sistema de la entidad bancaria la cuenta indicada por la parte ejecutante y su apoderado judicial e indique si la misma pertenece a la obligada de autos, y si posee saldo disponible para practicar la medida comisionada, es todo” En este estado el notificado con el carácter de autos expone. “Ubicada en el sistema la cuenta No. XXXXXXXX, pertenece a la UNION DE CONDUCTORES AUTOS POR PUESTO GENERAL RAFAEL URDANETA CURVA-LA CONCEPCION, con un saldo disponible de XXXXXXXXXX, (Bs.XXXXXXXXXXXX). En este estado el ejecutante con la asistencia legal de autos, expone: Solicito al Tribunal Ejecutor proceda a practicar la medida comisionada en la cuenta indicada y sobre el monto disponible.- Visto lo solicitado este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Embarga Ejecutivamente la cantidad dexxxxxxxxxxxxxx (Bs.XXXXXXXXX), que pertenece a la codemandada de autos, UNION DE CONDUCTORES AUTOS POR PUESTO GENERAL RAFAEL URDANETA CURVA-LA CONCEPCION, en la cuenta No. XXXXXXXXX, propiedad de la codemandada.- Así se decide.-En este acto la parte ejecutante con la asistencia legal de autos expone: Por cuanto el monto embargado no cubre lo ordenado por el Tribunal de la causa, me reservo el derecho de continuar embargando bienes de los demandados, hasta cubrir lo ordenado. Acto continuo este Tribunal recibe un cheque de gerencia a nombre del tribunal de la causa, por la cantidad de XXXXXXXX (Bs.XXXXXXX), numero de cheque XXXXXXXXXX, con fecha de hoy, para su posterior remisión.
La presente actuación no causó ningún tipo de emolumento, tasa o arancel alguno en cumplimiento a lo establecido en la Norma Fundamental de la República Bolivariana de Venezuela. Concluye el acto siendo las tres de la tarde.- Terminó, Se leyó y conformes firman.
La Jueza
Msc.Zimaray Carrasquero
La Notificada


El Ejecutante y su abogado,







La Secretaria,


Abg. Linda Avila.