REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO0, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
203° y 154°
En horas de Despacho del día de hoy, Jueves Cuatro (04) Julio de dos mil Trece (2013), siendo las Nueve y Cuarenta (09:40) horas de la mañana, previa fijación acordada al efecto se traslado y constituyó este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL (EJECUTOR DE MEDIDAS) DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a las Oficinas de la Empresa P.D.V.S.A. PETROLEO S.A., específicamente en el Departamento Legal, ubicadas éstas en el Tercer piso del Edificio Miranda, situada en la avenida la Limpia, frente a Makro, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con el objeto de practicar la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, comisionada por el JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN LOS PUERTOS DE ALTAGRACIA, en el Juicio de REVISION DE SENTENCIA, incoado por el ciudadano ELI SAUL CHAVEZ GONZALEZ, titular de la cédula de Identidad N° V-10.604.179, contra el ciudadano FILOMENA ANTONIELLO FINOL, titular de la cédula de Identidad N° V-10.088.463. Una vez constituido el Tribunal en el sitio antes indicado, fuimos atendidos por un ciudadano que dijo llamarse KEINES REVEROL, titular de la cedula de identidad N° 19.074.180, quien dijo proceder con el carácter de Analista de Gestión de Gente, de las oficinas donde se esta constituido, informándole al Tribunal que luego de una revisión exhaustiva en las nominas de dicha empresa se corroboró que el ciudadano antes mencionado labora en la empresa PDVSA Operaciones Acuáticas, S.A., ubicadas en el Muelle Patria Grande, Sector Las Morochas, Ciudad Ojeda, en razón de lo cual el Tribunal suspende practicar la medida en cuestión, y acuerda la remisión de la presente comisión al Tribunal de la causa en el estado en que se encuentra.- Siendo Nueve y Cuarenta y Cinco (09:45am) horas de la mañana, concluyó el presente acto.- Terminó, se leyó y conformes firman, menos el notificado por manifestar que tenia que consultarlo.-
LA JUEZA PROVISORIA:
ABOG. MARIELA PEREZ DE APOLLINI
EL NOTIFICADO: LA SECRETARIA:
ABOG. ANAIS VILLALOBOS V.
MPdeA/nlr.
Comisión N° 5518-2013.
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