REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

COMISIÓN: 5712-13
En el día de hoy Martes Treinta (30) de Julio del año dos mil Trece (2013), siendo las Una y cuarenta minutos de la tarde (01:40 p.m.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó éste JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por una casa signada con el No. 25B-92, ubicada en el Barrio el Manzanillo calle 21 a una cuadra del galpón de Enelven, Jurisdicción de la Parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado ANGEL CASAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 15.560.952, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No. 112.682, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la Medida de Secuestro decretada por el JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con motivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO, sigue la Sociedad Mercantil “FAVRI MUEBLES” Compañía Anónima, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 10 de diciembre de 1.991, bajo el No. 28, Tomo No. 34-A, en contra del ciudadano ARCENIO JOSE ROMERO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 9.734.260. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión a la ciudadana YESENIA ARAUJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 20.070.371, quien manifiesta ser familiar del demandado de autos, a quien se le hace saber que tiene el derecho de comunicarse con un abogado de su confianza para que la asista en este acto, a los fines de preservarle el derecho a la Defensa. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora, Abogado ANGEL CASAS, antes identificado, expuso: “Solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas, proceda a ejecutar la Medida de Secuestro sobre los bienes muebles objeto de la presente medida”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como Practico al ciudadano ALBERTO JOSE NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.510.222, con domicilio en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, quien estando presente aceptó el cargo y fue juramentado de la manera siguiente: Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en su persona; y contestó: “Lo Juro”. Acto seguido el Tribunal procede a designar como SECUESTRATARIO JUDICIAL de los bienes muebles objeto de la presente medida, por designación emanada del Juzgado de la Causa, a la parte actora Sociedad Mercantil “FAVRI MUEBLES COMPAÑÍA ANONIMA”, representada en este acto por su apoderado judicial abogado ANGEL CASAS, antes identificado, quien estando presente expuso: “En nombre de mi representada acepto el cargo recaído en la misma”, y fue juramentado por el Tribunal de la manera siguiente: En nombre de su representada Jura usted cumplir fielmente con los deberes inherentes al cargo recaído en la misma; y contestó: “Lo Juro”. Seguidamente el Tribunal con el asesoramiento del práctico designado en este acto procede a identificar los bienes muebles objeto de la presente medida: 1) Tratase de un bien mueble conformado por un MICROONDAS ESPEJO DE ACERO, MARCA: SAMSUNG, SERIAL No. 0036, COLOR: CROMADO. 2) Tratase de un bien mueble conformado por un AIRE ACONDICIONADO DE 12 B.TU, MARCA: SAMSUNG, SERIAL No. 5163, COLOR: BLANCO. 3) Tratase de un bien mueble conformado por un TELEVISOR LCD DE 40 PULGADAS, MARCA: SONY BRAVIA, SERIAL No. 2185, COLOR: NEGRO, todo en regulares condiciones de conservación. Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente exhorto, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente SECUESTRADO, los bienes muebles anteriormente identificado, haciendo formal entrega de los siguientes bienes muebles: 1) Un MICROONDAS ESPEJO DE ACERO, MARCA: SAMSUNG, SERIAL No. 0036, COLOR: CROMADO. 2) Un AIRE ACONDICIONADO DE 12 B.TU, MARCA: SAMSUNG, SERIAL No. 5163, COLOR: BLANCO, y 3) Un TELEVISOR LCD DE 40 PULGADAS, MARCA: SONY BRAVIA, SERIAL No. 2185, COLOR: NEGRO, a la SECUESTRATARIA JUDICIAL designada, parte actora Sociedad Mercantil FAVRI MUEBLES COMPANIA ANONIMA, representada en este acto por su apoderado judicial abogado ANGEL CASAS, antes identificado, quien declara recibirlo en este acto. Este Tribunal Ejecutor de Medidas deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y así lo hacen constar las partes intervinientes y firmantes de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman menos la notificada por negarse a firmar, siendo las Cinco y diez minutos de la tarde (05:10 PM), del día de hoy.-
LA JUEZA


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
PARTE ACTORA /
SEC. JUD:



EL PRÁCTICO:





LA SECRETARIA TEMP.
ABG. ADRIANA SOTO MONSALVE