REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.719.-
En el día de hoy, 25 de Julio del año dos mil trece, siendo las 10:50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa PANORAMA, ubicada en Av. 15 Delicias, frente al Centro Comercial Ciudad Chinita, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP: No. 24677. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana YARELIS DEL CARMEN AGUILAR ROBLES, titular de la Cédula de Identidad No. V- 18.120.916, en contra del ciudadano JOSÉ VICENTE BENAVIDES AZUAJE, portador de la Cédula de Identidad No. V-19.836.125. En este estado presente el ciudadano (a): FANNY RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.947.392, quién se identifico con el carácter de COORD. DE SERVICIOS AL PERSONAL. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa ordenó retener: A) El TREINTA POR CIENTO (30%) mensual que devenga el ciudadano JOSÉ VICENTE BANAVIDES AZUAJE, Titular de la Cédula de Identidad No. V-19.836.125, como trabajador del Diario Panorama. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano de autos por concepto de vacaciones o Bono Vacacional. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que le pueda corresponder por concepto de Aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año. D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano JOSÉ VICENTE BANAVIDES AZUAJE, en beneficio de su hija BRENDA ANDREINA BENAVIDES.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA ORDENA RETENER, las siguientes cantidades: A) El TREINTA POR CIENTO (30%) mensual que devenga el ciudadano JOSÉ VICENTE BANAVIDES AZUAJE, Titular de la Cédula de Identidad No. V-19.836.125, como trabajador del Diario Panorama. B) EL TREINTA POR CIENTO (30%) sobre la cantidad de dinero que le pueda corresponder al ciudadano de autos por concepto de vacaciones o Bono Vacacional. C) EL TREINTA POR CIENTO (30%) de lo que le pueda corresponder por concepto de Aguinaldos o cualquier bonificación especial de fin de año. D) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros y Fideicomiso que le pueda corresponder al obligado de autos en caso de retiro voluntario, despido o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral. E) EL CIEN POR CIENTO (100%) sobre primas por hijos, o cualquier cantidad de dinero que pueda percibir el ciudadano JOSÉ VICENTE BANAVIDES AZUAJE, en beneficio de su hija BRENDA ANDREINA BENAVIDES.- Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales “A, B, C y E” deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos, ciudadana YARELIS DEL CARMEN AGUILAR ROBLES, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.120.916, y la establecida en el literal “D” deberán ser remitidos en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 04. EXP No. 24677.- Asimismo se ordena informar al Juzgado de la causa sobre la pensión que recibe el demandado de autos y cualquier otro beneficio que perciba anual o mensualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada en caso de ser procedente las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 11:45 AM.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:
ABOG. ADRIANA SOTO.-
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