REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.714.-
En el día de hoy, 10 de Julio del año dos mil trece, siendo las 11:50 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede del Restaurante Brillo Oriental, C.A, ubicada en vía Perijá, Centro Comercial FADESA, locales 7 y 8, Sierra Maestra, jurisdicción del Municipio San Francisco del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 24510. Con motivo del Juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, sigue la ciudadana BETTY LISETH MARTINEZ FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 19.394.396, en beneficio de la niña de autos, en contra del ciudadano FRANKLIN ANTONIO FUENTES VARGAS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.631.410. En este estado presente el ciudadano (a): MEXUAN JUNG DE ZHAO, titular de la Cédula de Identidad No. V- 17.566.200, quién se identifico con el carácter de ENCARGADA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó Medida de Embargo Preventivo ordenando retener las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, utilidades, que devenga el ciudadano FRANKLIN ANTONIO FUENTES VARGAS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.631.410, como Cocinero de Primera, en el Restaurante Brillo Oriental, C.A, ubicado en Vía Perijá, Centro Comercial FADESA, locales 7 y 8, Sierra Maestra en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.- B) EL CIEN POR CIENTO (100%) de la prima por hijos, útiles escolares y juguetes.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano arriba indicado.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo, utilidades, que devenga el ciudadano FRANKLIN ANTONIO FUENTES VARGAS, titular de la Cédula de Identidad No. V- 14.631.410, como Cocinero de Primera, en el Restaurante Brillo Oriental, C.A, ubicado en Vía Perijá, Centro Comercial FADESA, locales 7 y 8, Sierra Maestra en el Municipio San Francisco del Estado Zulia.- B) EL CIEN POR CIENTO (100%) de la prima por hijos, útiles escolares y juguetes.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre las Prestaciones Sociales, Fideicomiso y cualquier otro concepto que pueda corresponder al ciudadano arriba indicado.- Las cantidades a retener establecidas en los literales “A y B”, deberán ser entregadas directamente a la demandante de autos ciudadana BETTY LISETH MARTINEZ FERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. V- 19.394.396 y la cantidad contenida en el literal “C”, deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP No. 24510.- Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, prima por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre el sueldo del referido demandado.- En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para el Establecimiento que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:15 PM.
LA JUEZ
DRA. MARTHA ELENA QUIVERA
EL NOTIFICADO (A) LA SECRETARIA TEMPORAL:
ABOG. ADRIANA SOTO.-
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