REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 4
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Estado Nueva Esparta
La Asunción, 8 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-P-2013-006725
ASUNTO : OP01-P-2013-006725
RESOLUCION JUDICIAL
LIBERTAD PLENA
PARTES:
JOSE JAVIER ZERPA MARCHAN, titular de la cedula de identidad personal Nº V- 17.707.487, de 31 años de edad, nacido el 21/06/1982, natural de Porlamar, residenciado en las Giles, Sector las Niñas, Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta.
DEFENSA ABG. LISSET MARTINEZ, Adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal.
MINISTERIO PÚBLICO: ABG. ERATHY GABRIELA SALAZAR LAREZ, Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público.
DELITO: SIN IMPUTACION
Habiéndose efectuado el día cuatro (04) de julio de 2013, la audiencia de Presentación de Detenido, y oídas como han sido las partes, y estando dentro del lapso legal establecido en el artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal, ESTE TRIBUNAL TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: En este acto pasamos a analizar el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal el cual establece los extremos para la procedencia o no de una Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad.
PRIMERO: Vista la exposición de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, quien expuso entre otras cosas que presentaba al ciudadano antes identificado, en virtud de haber sido aprehendido por funcionarios adscritos a la Guardia Nacional de Porlamar, en un operativo de rutina, y una vez que es chequeado por le sistema de SIPOL evidenciaron que posee una orden de captura por el Tribunal Segundo de Juicio del estado Anzoátegui, según numero de oficio N° 1695, de fecha 08-11-2010, Expediente Nº BPO01-P-2005-000071 Ahora bien, observa esta Representación Fiscal que en fecha 19 de junio de 2013, el Tribunal Segundo de Juicio de Barcelona, Estado Anzoátegui, realiza´el acta de imposición al mencionado ciudadano, en virtud de la mencionada orden de captura, y en dicha oportunidad el Tribunal de Juicio le impuso medida cautelar sustitutiva de presentaciones cada 15 días por ante la Oficina del alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, todo ello consta de copia del acta de imposición emanada de dicho Tribunal Segundo de Juicio, Asimismo consta, que el Tribunal Segundo de Juicio dejó sin efecto la orden de captura notificada según oficio NO. 1695 DE FECHA 08-11-2010, emanada del citado Juzgado 2 de Juicio de Barcelona, dictada en el Asunto BP01-P-2005-000071, tratándose así del mismo asunto penal en el cual se dejó sin efecto la orden de captura. En razón a lo anterior, esta representación Fiscal no imputa delito alguno
SEGUNDO: Visto que efectivamente el ciudadano JOSE JAVIER ZERPA MARCHAN, fue presentado ante este Tribunal Cuarto de Control en fecha 15 de junio de 2013, como aparece del Sistema Juris 2000 de este Circuito Judicial Penal, oportunidad en la cual el Tribunal declinó en el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de Barcelona en virtud de la orden de aprehensión ordenada según numero de oficio N° 1695, de fecha 08-11-2010, Expediente Nº BPO01-P-2005-000071, y visto que en día de hoy es nuevamente presentado en virtud de dicha orden, la cual como consta de estas actuaciones fue dejada sin efecto por el mencionado Tribunal de la Causa, se decreta LIBERTAD PLENA del ciudadano JOSE JAVIER ZERPA MARCHAN , de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese la correspondiente boleta de libertad.
SEGUNDO: Este Tribunal ordena la prosecución del presente procedimiento por la vía Ordinario.
LA JUEZA DE CONTROL NO. 4,
DRA. EMILIA VALLE ORTIZ
LA SECRETARIA,
ABG. ISAURA GIL