REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, Miércoles Cuatro (4) de Junio de Dos Mil Trece
203º y 154º
ASUNTO : VP01-S-2013-000144
Vista la diligencia presentada por el demandante MELVIS ANTONIO SANGRONIS FUENMAYOR debidamente asistido por el Abogado GUILLERMO MIGUEL REYNA HERNANDEZ ambos debidamente identificados en dicha diligencia, y mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMIENTO que tienen intentado en contra de la demandada SOCIEDAD MERCANTIL BULKGUASARE DE VENEZUELA, S.A., este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, vista la manifestación libre de volunta, sin apremio y coacción y previo la asistencia dicha, conforme a los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil; en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISITIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO solicitado; impartiéndole su aprobación y pasándolo en autoridad de cosa juzgado, y declarando terminado el presente procedimiento con relación a la demandada antes mencionada,
El Juez.
Abog: Alfredo García López La Secretaria.
Aboga. Gabriela Parra.
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