ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2013-001159
PARTE ACTORA: JESUS ALFONSO VAZQUEZ HERNANDEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Alfredo García
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA SEGURIDAD PROTECCION Y SERVICIO SPS (COSPS) y HECTOR ENRIQUE MEDINA URDANETA
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Ana Azuaje
MOTIVO: Diferencias de Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,31 de Julio de 2013, siendo las 10:58 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JESUS ALFONSO VAZQUEZ HERNANDEZ, ASOCIACION COOPERATIVA SEGURIDAD PROTECCION Y SERVICIO SPS (COSPS) y HECTOR ENRIQUE MEDINA URDANETA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de tres mil cien Bolívares fuertes (Bs.F. 3.100,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador el día jueves 1 de Agosto de 2013 por ante el tribunal a las 9:00 a.m. En este estado el apoderado actor aceptó lo ofrecido libre de presión y con facultades para tal fin. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. La parte demandada trajo instrumento poder en original y copia del mismo los cuales luego de verificados y confrontados se ordena agregar la copia del mismo la expediente.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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