REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Diez (10) de Julio de Dos Mil Trece (2013)
203º y 154º


ASUNTO : VP21-S-2013-000297


Parte Oferida: JOSE LUIS LEON , Venezolano, Titular de la cedula de Identidad N° V- 7.866.872, mayor de edad, domiciliado en Municipio Lagunillas del Estado Zulia.
Abogado Asistente
de la parte Oferida.-
MARIA VERONICA MARCANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 160821.

Parte Oferente : REPRESENTACIONES VALE , COMPAÑÍA ANONIMA (REVALCA) , domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia..

Apoderada Judicial
de la parte Oferente: LUIS ANGEL ORTEGA VARGAS , venezolana, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 120257 y otros.



Motivo: Oferta Real de Pago



Hoy, Diez (10) de Julio de Dos Mil Trece (2013) ), siendo las 10 : 35 A.m , comparecen la parte Oferida Ciudadano JOSE LUIS LEON, asistido por la abogado en ejercicio MARIA VERONICA MARCANO, así como también el abogado en ejercicio LUIS ANGEL ORTEGA VARGAS , actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte Oferente REPRESENTACIONES VALE , COMPAÑÍA ANONIMA (REVALCA) , lo cual consta en actas, quienes solicitaron al Tribunal adelantar y fijar la apertura de la audiencia preliminar en este asunto, para que la misma sea llevada a efecto en este mismo acto y declaramos expresamente que renunciamos a los lapsos procesales. El Tribunal Vista lo Solicitado por las partes , acuerda adelantar la audiencia fijada en esta causa para el día de hoy , para que la misma sea realizada en este mismo acto. Dándose así inicio a la audiencia, Se constituye este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Juez Abog. Jairo Silva Ruiz, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. Así mismo, se les explico la importancia de la Audiencia Preliminar y los medios alternos de la solución de conflictos, como lo son la Mediación, la Conciliación y el arbitraje, así como las reglas que deberán de cumplir en el desarrollo de ésta Audiencia, a fin de alcanzar resultados satisfactorios para los litigantes, evitando así la fase de juicio y con ello el ahorro de costos de tiempo en la solución del conflicto. Posteriormente realizaron cada una de sus exposiciones en este encuentro. En este estado intervienen las partes comparecientes quienes manifiestan al Tribunal haber llegado a un acuerdo transaccional el cual consignan en este acto constante de 03 folios útiles mas 01 anexo para ser agregada a actas , los cuales lo ratifican y lo dan por reproducido. Seguidamente expone la parte Oferente lo siguiente: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa y siguiendo instrucciones de mi representada, en nombre de la misma ofrezco en este acto pagar a la parte demandante la cantidad de CIENTO VEINTISIETE MIL DIECINUEVE BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.F. 127.019,00), la cual será pagada en dos parte dela siguiente manera: una primera parte en este mismo acto De BsF. 88.913,30 , mediante cheque no endosable N° 33411950 de la Institución Bancaria Banco Mercantil , cuenta N° 0105-0149-10-1149-093422 a la orden del Ciudadano JOSE LUIS LEON, de fecha 26-06-13, el cual consigna en acto copia simple del mismo para ser agregado a actas, y la segunda y ultima parte de BsF. 38.105,70 (127.019,00 - 88.913,30 ) para ser pagada eldia 10-10-13 : Dicha suma Total de Bs.F. 127.019,00 , corresponde al pago de todos los concepto que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales le corresponden al Trabajador dejando constancia que dicha cantidad cubre en su integridad dichos conceptos, no quedando a deber ningún otro concepto de índole laboral al trabajador por la prestación del servicio ". En este Estado y con la debida asistencia interviene la parte Oferida , quien expone lo siguiente: “ vista las conversaciones previas , manifiesto expresamente en este mismo acto que aceptamos la cantidad ofrecida por la parte Oferente en este acto , en los términos y condiciones antes expuesto, por lo que no me queda nada que reclamar ni por éste ni por ningún otro concepto de índole laboral derivada de la prestación de servicio, declarando asi mismo que he recibo el mencionado cheque ”. Seguidamente Ambas partes de común acuerdo solicitan al Tribunal Homologue el presente acuerdo, le otorgue el carácter de Cosa Juzgada y no archive el presente asunto, visto que falta el cumplimiento del pago de laultimaparte. En consecuencia, este Tribunal visto el acuerdo a que han llegado las partes, es por lo que este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto lo acordado por las partes no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional, dándole efectos de Cosa Juzgada., absteniéndose de ordenándose archivar el presente asunto , hasta que conste en acta el cumplimiento de lo aqui acordado por ambas partes. .Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.



Abg JAIRO SILVA
JUEZ 2 ° S.M.E



LA PARTE OFERIDA Y SU ABOGADA ASISTENTE




APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE OFERENTE




Abg. JOHANNA ARIAS
SECRETARIA
J SR/jsr