Exp. N° 282 N° 12

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL N° 03
Maracaibo, 14 de Febrero de 2013
202° y 153°
El presente procedimiento se inició por solicitud de Consignación de Cheque por Muerte, suscrita por la ciudadana Adriana Cenci de González, en beneficio del adolescente (nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA) y el joven adulto Tulio Rafael González Cenci.
Recibida la anterior solicitud del Órgano Distribuidor, el Tribunal le dio entrada y admitió mediante auto de fecha 02 de octubre de 2001 y ordeno notificar al Fiscal Especializado del Ministerio Público con Competencia en el Área de Protección de Niños, y Adolescentes y Familia de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Ahora bien, mediante diligencia de fecha 08 de octubre de 2001, suscrita por la ciudadana Adriana Cenci de González, portadora de la cédula de identidad N° V.-5.123.152, asistida en este acto por la abogada en ejercicio Rumar Ferrer, inscrita en el Inpreabogado N° 63.478 y actuando con el carácter de autos y en donde consigna copia certificada de Declaración de Únicos y Universales Herederos expedida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 03 de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley,
Extinguido el régimen de niñez y/o adolescencia del (de los) ciudadano(s): Juan Ignacio González Cenci.
• Terminado el presente procedimiento contentivo de Consignación de Cheque Por Muerte, por solicitud suscrita por la por la ciudadana Adriana Cenci de González, en beneficio del adolescente nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA) y el joven adulto Tulio Rafael González Cenci.
• Continúa la tramitación del procedimiento en relación con el niño nombre omitido por el artículo 65 LOPNNA), nació en fecha 25 de febrero de 1997.
• Oficiar al Bicentenario Banco Universal a fin de participarles de los términos de esta sentencia. Publíquese y regístrese y ofíciese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los catorce (14) días del mes de febrero de 2013.- Año: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Unipersonal N° (P) La Secretaria:

Abog. Gustavo Alfonso Villalobos Romero Abog. Carmen Aurora Vilchez Carrrero

En la misma fecha de hoy previo cumplimiento de las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior sentencia interlocutoria de bienes quedando anotada bajo el N° 12, en la carpeta de Sentencias Interlocutorias de Bienes llevada por este Tribunal y se oficio bajo el N° 13-089.-La Secretaria.-
Exp. N° 282
GAVR/CAVC/saulo**