DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes trascritos, este JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la le Ley, declara: LA PERENCIÓN DE BREVE en la pretensión de DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por el ciudadano ALFONSO PITA AYALA; ya identificado anteriormente en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL PROCESADORA INSDUSTRIAL DE POLLOS C.A., (PINPOLLO C.A), antes identificada.-