JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 18 de febrero de 2013.
202° y 153°
Visto la Transacción realizada por las partes celebrada en fecha cinco (05) de febrero de 2013, por ante este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, suscrito por el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE GONZALEZ ARAUJO, titular de la cédula de identidad No. 4.528.881, asistido por el Dr. JOHNNY RAMON GALUE MARTINEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 46.609 y por la otra parte los ciudadanos FERNANDO RAFAEL GONZALEZ ARAUJO y ELIZABETH JOSEFINA GONZALEZ ARAUJO DE RINCÓN, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.528.346 y 3.276.625, respectivamente, quienes obran como partes querelladas y la última además como Presidente de la Sociedad Mercantil METALURGICA AGRO INDUSTRIAL DEL ZULIA, C.A, asistidos por los abogados en ejercicio SAUL CRESPO LOSSADA y RICARDO J. CRUZ RINCÓN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 6825 y 6830, homologada en fecha 07 de febrero del presente año, el Tribunal suspende el amparo en la posesión decretada por el Tribunal en fecha 08/05/2012, ejercida por el querellante sobre el inmueble situado con frente hacia la calle 60 (Avenida Universidad), signado con la nomenclatura 25-160, Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo Estado Zulia, y ejecutada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Maraca, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 23 de mayo de 2012. Todo en el juicio que por Querella Interdictal de Amparo sigue GUSTAVO ENRIQUE GONZALEZ ARAUJO contra FERNANDO GONZÁLEZ Y ELIZABET GONZÁLEZ en representación de METALÚRGICA AGRO INDUSTRIAL DEL ZULIA, C.A.- Así se decide.-
LA JUEZA PROVISORIA, LA SECRETARIA,
DRA. INGRID VÁSQUEZ RINCÓN. MARIA ROSA ARRIETA FINOL.
La anterior resolución quedó signada bajo el número 31.-
IVR/pg.-
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