REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veinte (20) de febrero de 2013. Años 202º y 153º.- Vista la anterior diligencia, presentada por la Abogada en ejercicio ROSA PAVON CARVAJAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 162.403, en su carácter de Representante sin poder de la ciudadana BERTHA DEL CARMEN QUINTERO DE TREJO, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 124.327, el Tribunal pasa a resolver el presente asunto. Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana BERTHA DEL CARMEN QUINTERO DE TREJO, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio ROSA PAVON CARVAJAL antes identificadas, solicita se le declaren suficientes los derechos que tiene ella, como Única y Universal Heredera del causante IVAN DE JESUS TREJO QUINTERO, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 6.149.963 y falleciera en fecha siete (07) de junio de 2012, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Al respecto, la parte solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Copia Certificada del acta de defunción del causante y fotocopia de su cédula de identidad; 2) Copia Certificada del acta de nacimiento del causante; 3) Copia Certificada del Acta de defunción de BERNARDO TREJO VALLENTTI, quien en vida fue progenitor del causante; 4) Justificativo de testigos evacuado ante la Notaría Pública Séptima del Municipio Maracaibo del Estado Zulia en fecha once (11) de diciembre de 2012, en consecuencia, y con fundamento en las referidas documentales, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo dispone el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene la ciudadana BERTHA DEL CARMEN QUINTERO DE TREJO anteriormente identificada. Devuélvanse las presentes actuaciones en original a la parte solicitante y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena expedir la copia certificada solicitada. ASI SE DECIDE.-

LA JUEZ

Abog. ADRIANA MARCANO MONTERO
LA SECRETARIA

Abog. VERONICA BRICEÑO MOLERO