En horas de despacho del día de hoy martes 07 de febrero de 2013, siendo 10:36 a.m, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 5449-13 conferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, relacionada con el Juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue XIOMARA DEL CARMEN LAMPE GARRILLO, titular de la Cedula de Identidad N° V-5.842.165 contra RAMON MUÑOZ MARTINEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.067.460 y donde este Tribunal ha sido comisionado para llevar a efecto MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el Tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la Empresa PETROREGIONAL DEL LAGO, S.A., Ubicada, en Tía Juana, Municipio Lagunilla del Estado Zulia, cuyo departamento de Recursos Humanos se encuentra Ubicado en el Edificio Perla, Sector Plaza de Republica del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, se procedió a notificar a LISBELLA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad Número V -7.892.761, con el carácter de ABODADA y a quién se impuso de la medida de embargo decretada en contra del ciudadano RAMON MUÑOZ MARTINEZ, portadora de la Cédula de Identidad Número V-5.067.460 como trabajador de la Empresa PETROREGIONAL DEL LAGO, S.A. y quién expuso: “Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: Determinar si el Ciudadano MODESTO RAMON MUÑOZ MARTINEZ, es empleado de esa Empresa.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: Determinar sobre alguna acreencia a favor de esta Institución.- CUARTO: determinar si le han sido adelantadas prestaciones sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualesquiera otra situación que derive en relación a lo antes expuesto”. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADA: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, Fideicomiso, Intereses sobre las Prestaciones Sociales y Caja de Ahorros, que le corresponder al ciudadano RAMON MUÑOZ MARTINEZ, ya identificado como Electricista de Plataforma en la Empresa PETROREGIONAL DEL LAGO, S.A.- Y ASÍ SE CONFIRMA dejando constancia que dichas cantidades embargadas deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, expediente No.45233.-. Terminó, se leyó y conformes firman
EL JUEZ
ABOG. GUILLERMO INFANTE
EL NOTIFICADO
LA SECRETARIA
Gil/nmg.-
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