REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia

COMISION No. 5.647

En el día de hoy, 01 de Febrero del año dos mil trece, siendo las 10:00 AM de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa P.D.V.S.A, ubicada en el Edificio Miranda, tercer piso, Avenida 28 La Limpia, Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida de Embargo decretada por el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP: 20944. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION sigue la ciudadana KAREN BAUDINO, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 20.086.413, a favor de la XXXXXXXXXXX en contra del ciudadano AROL ZAVALA, portador de la Cédula de Identidad No. V- 15.849.689.- En este estado presente el ciudadano (a): KEINES REVEROL, titular de la Cédula de Identidad No. V-19.074.180, quién se identifico con el carácter de ASISTENTE DE GESTION. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa mencionado decretó: MEDIDA DE EMBARGO PROVISIONAL sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del sueldo que percibe el ciudadano AROL JESÚS ZAVALA MEDINA, portador de la Cédula de Identidad No. V- 15.849.689, como trabajador al servicio de la Empresa PETROLEOS DE VENEZUELA S.A.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado de autos. C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de la vacaciones y del bono vacacional. D) en caso de que el demandado goce de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos. E) Asimismo queda modificado el CIEN POR CIENTO (100%) al VEINTE POR CIENTO (20%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso correspondiente al demandado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- ESTE TRIBUNAL PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) mensual del sueldo que percibe el ciudadano AROL JESÚS ZAVALA MEDINA, portador de la Cédula de Identidad No. V- 15.849.689, como trabajador al servicio de la Empresa PETROLEOS DE VENEZUELA S.A.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le correspondan al demandado de autos. C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) anual de la vacaciones y del bono vacacional. D) en caso de que el demandado goce de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, retener el CIEN POR CIENTO (100%) de tales conceptos. E) Asimismo queda modificado el CIEN POR CIENTO (100%) al VEINTE POR CIENTO (20%) de las Prestaciones Sociales, Ahorros y Fideicomiso correspondiente al demandado de autos, en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada la relación laboral.- Las cantidades de dinero embargadas en los literales “A, B, C y D” deberán ser entregados directamente a la ciudadana KAREN BAUDINO, portadora de la Cédula de Identidad No. V- 20.086.413 y las retenidas en el literal “E” deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 02. EXP. No. 20944. En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: Me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios en esta Empresa, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26 y 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo la 11:00 AM.-
LA JUEZ.

DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.


EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:


ABOG. ANIBAL A. PERNIA