N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2012-001877
PARTE ACTORA: NEIDA NILDA NAVA UZCATEGUI
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: HOGAR CLINICA SAN RAFAEL
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MIGUEL HERRERA.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy 28 de Febrero de 2013, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de representante judicial, se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada HOGAR CLINICA SAN RAFAEL representada por el abogado en ejercicio MIGUEL HERRERA. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 154 y 202.
La Juez

El Secretario

Abg.Ana Avila





El Presente