Asunto: VP21-L-2012-237
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TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Demandante: JUAN JOSÉ GUANIPA LEAL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. V-10.596.282, domiciliado en el municipio Cabimas del estado Zulia, representado judicialmente por los profesionales del derecho JUÁN ALVARADO y JOSÉ VÁSQUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo matriculas 139.444 y 169.895, domiciliados en el municipio Cabimas del estado Zulia.
Demandada: TIENDA SAN FERNANDO CA, inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 31 de mayo de 2005, quedando anotado bajo el No. 1, tomo 7-A, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, representada judicialmente por los profesionales del derecho AUDIO ENRIQUE PACHECO ROMERO y MIREILLE HERRERA inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo matrículas 57.864 y 105.440, domiciliados en los municipios Maracaibo y Cabimas del estado Zulia.
MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día hábil de hoy, miércoles, veintisiete (27) de febrero del año dos mil trece (2013), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), hora fijada por el Tribunal para que tenga lugar la celebración de la audiencia de juicio en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JUAN JOSÉ GUANIPA LEAL contra la sociedad mercantil TIENDAS SAN FERNANDO CA, se anunció dicho acto a las puertas del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia por el Alguacil del mismo y no compareció el ciudadano JUAN JOSÉ GUANIPA LEAL, por sí ni por medio de representante judicial alguno, trayendo como consecuencia, que esa incomparecencia demuestra su falta de interés para sostener la pretensión incoada ante esta jurisdicción laboral, por lo que, en aplicación a lo establecido en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara DESISTIDA LA PRESENTE ACCIÓN LABORAL. Se deja expresa constancia de la presencia del profesional del derecho AUDIO ENRIQUE PACHECO ROMERO, actuando en su condición de representante judicial de la sociedad mercantil TIENDAS SAN FERNANDO CA. Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN LABORAL en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano JUAN JOSÉ GUANIPA LEAL contra la sociedad mercantil TIENDAS SAN FERNANDO CA.
SEGUNDO: Se exime al ciudadano JUAN JOSÉ GUANIPA LEAL del pago de las costas procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
En la misma fecha se registró y publicó el anterior fallo, previo el anuncio de ley, siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), quedando registrada bajo el No. 822-2013.
LA SECRETARIA
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