REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veinte de febrero de dos mil trece
202º y 154º
ASUNTO: VP01-L-2013-000264
Recibida en el día de hoy, revisada como ha sido la transacción., presentada por ante la Unidad De Recepción De Documentos, del Circuito Judicial Laboral del Estado Zulia, donde el ciudadano ALEJMERBET ARTILES ORTIZ debidamente asistido por la ciudadana abogada Karla Fernández Por una parte y por la otra la ciudadana Giksa Salas actuando en su carácter de apoderada las co-demandadas TRANSPORTE SANCHEZ POLO DE VENEZUELA C.A. Y TRANSPORTE SANCHEZ POLO C.A. Respectivamente, Todos amplia y suficientemente identificados en autos. Éste Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, a través de la cual el ciudadano arriba mencionado recibe la cantidad de: Trescientos ochenta y cinco mil Bolívares fuertes (Bs. F 385.000,00) a través de un vehiculo con las siguientes características: Tipo: Chuto Clase: camión Placa: 885XHH Uso: Carga No de ejes: 2 Marca: White Tara: 7.000 capacidad de carga: 14.000,00 Kgs, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de el trabajador ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Séptimo de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del expediente. Así se Decide.
El Juez La Secretaria
Abg. Carinell Lucena
Abg. Frank Guanipa .